DECISIÓN ADMINISTRATIVA N° 51/24
RESCINDE CONTRATO DE SERVICIOS. SR. HUGO DANIEL ESCOBAR. APRUEBA CONTRATO DE SERVICIOS. SR. JORGE DANIEL BRIZUELA ALMARAZ.

Publicado en el Boletín N° 21649, el día 08 de Febrero de 2024



SALTA, 6 de Febrero de 2024

DECISIÓN ADMINISTRATIVA Nº 51

MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

Expediente Nº 264.745/2023 - código 376.

VISTO el Contrato de Servicios suscripto entre la Secretaría de Primera Infancia, Niñez y Familia, en jurisdicción del Ministerio de Desarrollo Social, y el señor Jorge Daniel Brizuela Almaraz; y,

CONSIDERANDO:

Que dicho contrato se celebra para que el nombrado desempeñe las tareas descriptas en el Anexo que forma parte del mismo, en distintos Dispositivos y Centros de Protección, dependientes de la referida Secretaría, en reemplazo del señor Hugo Daniel Escobar, cuyo acuerdo laboral aprobado por Decisión Administrativa Nº 112/23, por la presente se rescinde con vigencia al 04 de agosto de 2023;

Que los organismos competentes han tomado la debida intervención para la emisión del presente acto administrativo;

Por ello, con arreglo a lo dispuesto por la Ley Nº 8171, modificada por su similar Nº 8274 y lo establecido por los Decretos Nºs 13/19 y 12/23, la Ley Nº 8072 y su Decreto Reglamentario Nº 1319/18;

EL COORDINADOR ADMINISTRATIVO DE LA GOBERNACIÓN

DECIDE:

ARTÍCULO 1º.- Dar por rescindido el Contrato de Servicios suscripto entre la Secretaría de Primera Infancia, Niñez y Familia, en jurisdicción del Ministerio de Desarrollo Social, y el Sr. Hugo Daniel Escobar, D.N.I. Nº 39.673.946, aprobado por Decisión Administrativa Nº 112/23, con vigencia al 04 de agosto del 2023.

ARTÍCULO 2º.- Dar por aprobado el Contrato de Servicios celebrado entre la Secretaria de Primera Infancia, Niñez y Familia, en jurisdicción del Ministerio de Desarrollo Social, y el Sr. Jorge Daniel Brizuela Almaraz, D.N.I. 22.455.265, con vigencia al 01 de setiembre y hasta el 31 de diciembre del 2023, cuyo texto forma parte de la presente.

ARTÍCULO 3º.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente se imputará a la partida pertinente de la Jurisdicción y CA del Ministerio de Desarrollo Social, Ejercicio 2023.

ARTÍCULO 4º.- El presente acto administrativo será refrendado por el señor Ministro de Desarrollo Social.

ARTÍCULO 5º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



Demitrópulos - Mimessi







VER ANEXO




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