DECISIÓN ADMINISTRATIVA N° 510/22
AUTORIZA COMISIÓN DE SERVICIOS. ADJUTOR MAYOR ANALÍA MERCEDES ORTIZ.

Publicado en el Boletín N° 21259, el día 28 de Junio de 2022



SALTA, 24 de Junio de 2022

DECISION ADMINISTRATIVA Nº 510

MINISTERIO DE SEGURIDAD Y JUSTICIA

Expediente Nº 399-287.872/2.021.

VISTO la solicitud de Comisión de Servicios en Colaboración de la Adjutor Mayor Analía Mercedes Ortiz, personal dependiente del Servicio Penitenciario de la Provincia de Salta dependiente del Ministerio de Seguridad y Justicia; y,

CONSIDERANDO:

Que la comisión de servicios es una medida de excepción y de carácter transitorio, por la cual se admite la prestación de servicios en forma no permanente por parte de un agente en otra dependencia, para la realización de tareas específicas, estando su vigencia condicionada a las razones que la originaron;

Que las necesidades de servicio presentadas en el Observatorio de Violencia Contra las Mujeres dependiente de la Secretaría de Mujeres, Género y Diversidad pueden ser suplidas por la mencionada agente, quien cuenta con el perfil idóneo a tal efecto;

Que las autoridades competentes prestan conformidad al presente trámite;

Por ello, con arreglo a lo dispuesto en el Artículo 13 de la Ley Nº 8.171, modificada por su similar Ley Nº
8.274, al Decreto Nº 13/2.019 y el Artículo 1º inciso d) de la Resolución Nº 16/2.021 del Ministerio de Economía y Servicios Públicos;

EL COORDINADOR ADMINISTRATIVO DE LA GOBERNACIÓN

DECIDE:

ARTÍCULO 1º.- Autorizar la Comisión de Servicios en Colaboración de la Adjutor Mayor ANALÍA MERCEDES ORTIZ, DNI Nº 27.439.995, L.P. Nº 2.452, personal perteneciente a la Planta Permanente del Servicio Penitenciario de la Provincia de Salta dependiente del Ministerio de Seguridad y Justicia, al Observatorio de Violencia Contra las Mujeres dependiente de la Secretaria de Mujeres, Género y Diversidad, a partir de la fecha de su notificación y hasta el 31 de diciembre de 2.022, o mientras duren las necesidades de servicio, lo que ocurra primero.

ARTÍCULO 2º.- La presente decisión será refrendada por el señor Ministro de Seguridad y por el Ministro de Gobierno, Derechos Humanos y Trabajo.

ARTÍCULO 3º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



Demitrópulos - Cornejo - Villada






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