DECISIÓN ADMINISTRATIVA N° 514/22
AUTORIZA AFECTACIÓN. SRA. EMILSE CAROLINA HERRERA.

Publicado en el Boletín N° 21261, el día 30 de Junio de 2022



SALTA, 28 de Junio de 2022

DECISIÓN ADMINISTRATIVA Nº 514

COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA DE LA GOBERNACIÓN

Expediente Nº 052-286.882/2021-0

VISTO
la solicitud de Afectación de la señora Emilse Carolina Herrera, personal de planta permanente de la Dirección General de Intendencia del Centro Cívico Grand Bourg dependiente de la Coordinación Administrativa de la Gobernación; y,

CONSIDERANDO:

Que, la Afectación es una medida de excepción y de carácter transitorio por la cual se admite la prestación de servicios en forma no permanente por parte de un agente en otra dependencia, para la realización de tareas específicas, estando su vigencia condicionada a las razones que la originaron;

Que las necesidades de servicios presentadas en la Subsecretaría del Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas pueden ser suplidas por la señora Herrera, quien posee el perfil y experiencia suficiente para el caso;

Que, en consecuencia, resulta procedente emitir el presente acto administrativo;

Por ello, en el marco de lo establecido por el artículo 13º de la Ley Nº 8171, modificada por su similar Ley Nº 8274, y lo dispuesto por el artículo 1º, inciso D), de la Resolución Nº 16/21 del Ministerio de Economía y Servicios Públicos,

EL COORDINADOR ADMINISTRATIVO DE LA GOBERNACIÓN

DECIDE:

ARTÍCULO 1º.- Autorizar la Afectación de la señora EMILSE CAROLINA HERRERA, D.N.I. Nº 28.543.621, personal de planta permanente de la Dirección General de Intendencia del Centro Cívico Grand Bourg dependiente de la Coordinación Administrativa de la Gobernación, a la Subsecretaría del Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas dependiente del Ministerio de Gobierno, Derechos Humanos y Trabajo, a partir de la fecha de notificación de la presente y hasta el 31 de diciembre de 2022 o mientras duren las necesidades de servicio, lo que ocurra primero.

ARTÍCULO 2º.- La presente decisión será refrendada por el señor Ministro de Gobierno, Derechos Humanos y Trabajo.

ARTÍCULO 3º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



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