SALTA, 30 de Octubre de 2024
DECISIÓN ADMINISTRATIVA Nº 518
COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA DE LA GOBERNACIÓN
VISTO el propósito del Sr. Gobernador de la Provincia de atender las necesidades socioeconómicas de los trabajadores de la Administración Pública Provincial; y,
CONSIDERANDO:
Que dicho objetivo solo se puede alcanzar teniendo en cuenta las posibilidades presupuestarias y financieras de la Provincia;
Que, el Gobierno ha mantenido sucesivas reuniones paritarias con todas las asociaciones sindicales y ha formulado distintas propuestas salariales dentro de sus posibilidades;
Que resulta menester efectuar las liquidaciones de los agentes de la Administración Pública Provincial, siendo necesario disponer un incremento salarial acorde a la realidad económica del Gobierno, con el objetivo de que los mismos no se vean perjudicados;
Que al solo efecto de poder realizar las liquidaciones de los meses de octubre, noviembre y diciembre de 2024 en tiempo y forma, corresponde dictar el acto administrativo pertinente;
Por ello, con arreglo a lo establecido por los Decretos Nº 13/19, Nº 12/23, Nº 392/23;
EL COORDINADOR ADMINISTRATIVO DE LA GOBERNACIÓN
DECIDE:
ARTÍCULO 1º.- Establecer un incremento salarial del 14% (catorce por ciento), el que será calculado sobre la base del mes de diciembre/2023, con más los porcentajes previstos en el Acta Acuerdo aprobada por Decreto Nº 82/2024. El aumento salarial se aplicara de la siguiente manera:
1. 4 % (cuatro por ciento) con los haberes de octubre/2024.
2. 4 % (cuatro por ciento) con los haberes de noviembre/2024.
3. 6 % (seis por ciento) con los haberes de diciembre/2024.
ARTÍCULO 2º.- Disponer el incremento de las Asignaciones Familiares respetando lo acordado en el Artículo 1º, conforme lo dispuesto en los Anexos que forman parte de la presente.
ARTÍCULO 3º.- Otorgar una asignación extraordinaria de carácter no remunerativo y no bonificable de $ 100.000 (pesos cien mil), la que se abonará el día 17 de enero de 2025.
ARTÍCULO 4º.- Dejar establecido que el gasto que demande el cumplimiento del presente deberá imputarse a la partida "Gastos de Personal" de las Jurisdicciones, Servicios de Administración Financiera y Cursos de Acción correspondientes, ejercicio 2024.
ARTÍCULO 5º.- El presente acto administrativo será refrendado por el señor Ministro de Economía y Servicios Públicos, por la señora Ministra de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología y por el señor Ministro de Salud Pública.
ARTÍCULO 6º.- Comunicar, pubiicar en el Boletín Oficial y archivar.
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