DECISIÓN ADMINISTRATIVA N° 522/21
DESIGNA PERSONAL INTERINO. SR. MAURO NICOLÁS CHOCOBAR.

Publicado en el Boletín N° 21132, el día 15 de Diciembre de 2021



SALTA, 9 de Diciembre de 2021

DECISIÓN ADMINISTRATIVA Nº 522

MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA, CIENCIA Y TECNOLOGÍA

EXPEDIENTE Nº 0120042-96627/2021-0

VISTO las presentes actuaciones mediante las cuales se gestiona la cobertura de un cargo de Encargado de Gabinete, en el Colegio Secundario Rural Mediado por TICs Nº 5240, dependiente de la Dirección General de Educación Secundaria; y

CONSIDERANDO:

Que en el marco de lo dispuesto en la Ley de Educación de la Provincia Nº 7.546 y a fin de garantizar el normal desenvolvimiento de las actividades educativas, resulta procedente hacer lugar a lo gestionado, atento que dicho cargo se encuentra vacante en la planta orgánica funcional de la citada unidad educativa por creación según Decreto Nº 829/2020;

Que la Secretaria de Gestión Educativa y el Secretario de Administración y Control de Procesos han tomado la debida intervención, aconsejando su cobertura;

Que el departamento Procesos Administrativos de la Dirección General de Personal del Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología, realizó la imputación preventiva pertinente;

Por ello, con arreglo de lo dispuesto por la Ley Nº 8171 y su modificatoria Nº 8274 y lo establecido por el Decreto Nº 13/2019;

EL COORDINADOR ADMINISTRATIVO DE LA GOBERNACIÓN

DECIDE:

ARTÍCULO 1º.- Designar en el Colegio Secundario Rural Mediado por TICs Nº 5240, dependiente de la Dirección General de Educación Secundaria del Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología, al Sr. Mauro Nicolás CHOCOBAR, D.N.I. Nº 37.088.426, Técnico Superior en Análisis de Sistemas con orientación en Redes Informáticas, como Encargado de Gabinete, interino, turno tarde, a partir de la fecha de notificación del presente instrumento legal y hasta el 22 de febrero de 2022, cargo vacante en la planta orgánica funcional del establecimiento por creación según Decreto Nº 829/2020.

ARTÍCULO 2º.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente se imputará a la partida pertinente de la Jurisdicción y CA correspondientes al Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología - Ejercicio vigente.

ARTÍCULO 3º.- La presente decisión administrativa será refrendada por el Sr. Ministro de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología.

ARTÍCULO 4º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



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