DECISIÓN ADMINISTRATIVA N° 524/22
RESCINDE C0NTRATO DE SERVICIOS. LIC. ANDREA VANINA HODI DÍAZ. APRUEBA CONTRATO DE SERVICIOS. LIC. MARÍA DEL MILAGRO SARAVIA AVALÍA.

Publicado en el Boletín N° 21264, el día 05 de Julio de 2022



SALTA, 30 de Junio de 2022

DECISIÓN ADMINISTRATIVA Nº 524

MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

Expediente Nº 24.237/22 - código 376.

VISTO el Contrato de Servicios suscripto entre la Secretaría de Primera Infancia, Niñez y Familia, en jurisdicción del Ministerio de Desarrollo Social, y la Lic. María del Milagro Saravia Avalía; y,

CONSIDERANDO:

Que dicho contrato se celebra para que la nombrada desempeñe las tareas descriptas en el Anexo que forma parte del mismo, en distintos Dispositivos y Centros de Protección, dependientes de la referida Secretaría, en reemplazo de la Lic. Andrea Vanina Hodi Díaz, quien presentó la rescisión a su contrato aprobado por Decisión Administraba Nº 102/22, a partir del 25 de enero del 2022;

Que los organismos competentes han tomado la debida intervención para la emisión del presente acto administrativo;

Por ello, con arreglo a lo dispuesto por la Ley Nº 8171, modificada por su similar Nº 8274 y lo establecido por el Decreto Nº 13/19, la Ley Nº 8072 y su Decreto Reglamentario Nº 1319/18;

EL COORDINADOR ADMINISTRATIVO DE LA GOBERNACIÓN

DECIDE:

ARTÍCULO 1º.- Rescindir el Contrato de Servicios suscripto entre la Secretaría de Primera Infancia, Niñez y Familia, en jurisdicción del Ministerio de Desarrollo Social, y la Lic. Andrea Vanina Hodi Díaz, D.N.I. Nº 36.345.919, aprobado por Decisión Administrativa Nº 102/22, a partir del 25 de enero de 2022.

ARTÍCULO 2º.- Aprobar el Contrato de Servicios celebrado entre la Secretaría de Primera Infancia, Niñez y Familia del Ministerio de Desarrollo Social, y la Lic. María del Milagro Saravia Avalía, D.N.I. Nº 39.399.322, cuyo texto forma parte de la presente.

ARTÍCULO 3º.- La erogación resultante de dispuesto precedentemente será atendida con fondos de la Cuenta 561024000100 -413411.1007, Ejercicio vigente.

ARTÍCULO 4º.- El presente acto administrativo será refrendado por la señora Ministra de Desarrollo Social.

ARTÍCULO 5º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



Demitrópulos - Vargas



VER ANEXO




Responsive image Responsive image