DECISIÓN ADMINISTRATIVA N° 534/21
DEJA SIN EFECTO DECISIÓN ADMINISTRATIVA Nº 93/2020. DESIGNA A LA LIC. LUCIANA MÓDICA, EN EL CARGO DE DIRECTORA GENERAL DE PROMOCIÓN DE LA IGUALDAD DE LOS GÉNEROS. SECRETARÍA DE FORTALECIMIENTO SOCIO COMUNITARIO.

Publicado en el Boletín N° 21133, el día 16 de Diciembre de 2021



SALTA, 10 de Diciembre de 2021

DECISIÓN ADMINISTRATIVA Nº 534

MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

VISTO
la Decisión Administrativa Nº 93/2020, y;

CONSIDERANDO:

Que a través del mencionado instrumento se designó a la Dra. Rosaura Gareca en el cargo de Directora General de Promoción de la Igualdad de los Géneros en la órbita de la Secretaría de Fortalecimiento Socio Comunitario, en jurisdicción del Ministerio de Desarrollo Social;

Que por razones de servicio resulta necesario dejar sin efecto el instrumento antes referido, con vigencia a partir del día 1º de Diciembre del 2021;

Que en su reemplazo y con idéntica vigencia, corresponde designar a la Lic. Luciana Módica;

Que la presente designación tiene carácter de Autoridad Superior -Fuera de Escalafón;

Por ello, con arreglo a lo dispuesto en la Ley Nº 8.171 y lo establecido por el Decreto Nº 16/19,

EL COORDINADOR ADMINISTRATIVO DE LA GOBERNACIÓN

DECIDE:

ARTÍCULO 1º.- Dejar sin efecto la designación de la DRA. ROSAURA DEL CARMEN GARECA D.N.I. Nº 28.503.304, en el cargo de Directora General de Promoción de la Igualdad de los Géneros, en la órbita de la Secretaría de Fortalecimiento Socio Comunitario en jurisdicción del Ministerio de Desarrollo Social, con vigencia al 1º de Diciembre de 2021, por los motivos expuestos en los considerandos del presente instrumento.

ARTÍCULO 2º.- Designara la LIC. LUCIANA MÓDICA D.N.I. Nº 38.034.795, en el cargo de Directora General de Promoción de la Igualdad de los Géneros (Fuera de Escalafón), en la órbita de la Secretaría de Fortalecimiento Socio Comunitario en jurisdicción del Ministerio de Desarrollo Social, con vigencia al 1º de Diciembre de 2021.

ARTÍCULO 3º.- Dejar establecido que el gasto que demande el cumplimiento del presente deberá imputarse a la partida respectiva y CA correspondiente a la Jurisdicción Ministerio de Desarrollo Social.

ARTÍCULO 4º.- El presente acto administrativo será refrendado por la señora Ministra de Desarrollo Social y por la señora Secretaria General de la Gobernación.

ARTÍCULO 5º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



Demitrópulos - Figueroa - López Morillo






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