DECISIÓN ADMINISTRATIVA N° 550/20
DESIGNA A LA SRA. MARINA IVONNE TONDINI, EN EL CARGO DE DIRECTORA MIEMBRO DEL CONSEJO DE DIRECCIÓN DEL INSTITUTO DE MÚSICA Y DANZA. SECRETARÍA DE CULTURA.

Publicado en el Boletín N° 20692, el día 27 de Febrero de 2020



SALTA, 19 de Febrero de 2020

DECISIÓN ADMINISTRATIVA Nº 550

MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA, CIENCIA Y TECNOLOGÍA

VISTO
la Ley Nº 8.171, del Gobernador, Vicegobernador, Ministros y Secretario General de la Gobernación, Secretarios de Estado, Subsecretarios de Estado, el Decreto Nº 16/19, y;

CONSIDERANDO:

Que por la mentada ley se establecen las competencias del Gobernador de la Provincia, entre las cuales se encuentra la facultad de designar las autoridades superiores de la Administración Pública en cualquiera de sus ámbitos;

Que, por Decreto Nº 16/19, se delega en el Coordinador Administrativo de la Gobernación la facultad de designar las autoridades superiores del Poder Ejecutivo con las excepciones que allí se indican;

Que procede designar a la Sra. Marina Ivonne Tondini en el cargo de Director Miembro del Consejo de Dirección del Instituto de Música y Danza en jurisdicción de la Secretaría de Cultura;

Que la presente designación tiene carácter de Autoridad Superior del Poder Ejecutivo - Fuera de Escalafón;

Que, en consecuencia, resulta necesario dictar el correspondiente acto administrativo;

Por ello,

EL COORDINADOR ADMINISTRATIVO DE LA GOBERNACIÓN

DECIDE:

ARTÍCULO 1º.- Designar a la Sra. MARINA IVONNE TONDINI, D.N.I. Nº 10.166.444, en el cargo de DIRECTOR MIEMBRO DEL CONSEJO DE DIRECCIÓN DEL INSTITUTO DE MÚSICA Y DANZA en jurisdicción de la Secretaría de Cultura, con remuneración equivalente a Personal de Apoyo - Nivel 7, a partir del 11 de diciembre de 2019.

ARTÍCULO 2º.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente se imputará a la respectiva partida de la Jurisdicción y CA del Instituto de Música y Danza en jurisdicción de la Secretaría de Cultura dependiente del Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología.

ARTÍCULO 3º.- El presente acto administrativo será refrendado por el señor Ministro de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología y por el señor Secretario General de la Gobernación.

ARTÍCULO 4º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



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