DECISIÓN ADMINISTRATIVA N° 550/24
DESIGNA A LA DRA. MARÍA DEL PILAR GONZALEZ SASTRE COMO DIRECTORA DEL OBSERVATORIO DE VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES. REPRESENTANTE DEL PODER JUDICIAL DE SALTA.

Publicado en el Boletín N° 21841, el día 25 de Noviembre de 2024



SALTA, 21 de Noviembre de 2024

DECISION ADMINISTRATIVA Nº 550

MINISTERIO DE GOBIERNO, DERECHOS HUMANOS Y TRABAJO

Expediente Nº 399-133.381-2024.-

VISTO
el expediente de referencia y

CONSIDERANDO

Que por conducto del Decreto Nº 386/20 se designó a la Dra. María del Pilar González Sastre - DNI Nº 34.066.198, en el cargo de Directora del Observatorio de Violencia contra las Mujeres, como representante del poder Judicial de Salta;

Que del citado instrumento se advierte que ha operado el vencimiento de su mandato, conforme los lineamientos establecidos en el artículo 4 de la Ley Nº 7.363;

Que a través de la Acordada Nº 14.158, se designó a la mentada profesional como representante del Poder Judicial, a efectos de integrar el Observatorio de Violencia contra las Mujeres;

Que ha tomado la intervención que le compete la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Gobierno, Derechos Humanos y Trabajo;

Por ello, conforme lo dispuesto por la Ley Nº 8171 y su modificatoria Ley Nº 8274 y la delegación establecida en el artículo 2 del Decreto 16/19,

EL COORDINADOR ADMINISTRATIVO DE LA GOBERNACIÓN

DECIDE:

ARTÍCULO 1º.- Designar a la Dra. María del Pilar González Sastre - DNI Nº 34.066.198 , en el cargo de Directora del Observatorio de Violencia contra las Mujeres, el cual se encuentra bajo la órbita del Ministerio de Gobierno, Derechos Humanos y Trabajo como miembro representante del Poder Judicial de Salta, a partir del 18 de junio del año 2024, con remuneración idéntica a la de Director General.

ARTÍCULO 2º.- El gasto que demande lo dispuesto precedentemente se imputará a la partida presupuestaria - Curso de Acción y Cuenta Objeto, que correspondan del Observatorio de Violencia contra las Mujeres- Ejercicio Vigente.

ARTÍCULO 3º.- El presente acto administrativo será refrendado por el Sr. Ministro de Gobierno, Derechos Humanos y Trabajo.

ARTÍCULO 4º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



Demitrópulos - Villada










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