DECISIÓN ADMINISTRATIVA N° 561/20
DEJA SIN EFECTO LA DESIGNACIÓN DE LA DECISIÓN ADMINISTRATIVA Nº 294/20. DESIGNA A LA CRA. TANIA ESTEFANÍA RAMADÁN, EN EL CARGO DE JEFA DE PRESUPUESTO DE LA SINDICATURA GENERAL DE LA PROVINCIA.

Publicado en el Boletín N° 20693, el día 28 de Febrero de 2020



SALTA, 19 de Febrero de 2020

DECISIÓN ADMINISTRATIVA Nº 561

SECRETARÍA GENERAL DE LA GOBERNACIÓN

VISTO
el Decreto Nº 137/20 y la necesidad de cubrir el cargo de Jefe de Presupuesto de la Sindicatura General de la Provincia; y,

CONSIDERANDO:

Que por el citado Decreto se aprobó la Estructura Orgánica de la Sindicatura General de la Provincia;

Que el día 4 de febrero de 2020 la Lic. Dora Isabel del Carmen Nieva presentó su renuncia al cargo de Jefe de Presupuesto de la Sindicatura General de la Provincia, designada por la Decisión Administrativa de la Coordinación Administrativa de la Gobernación Nº 294/20;

Que resulta necesario cubrir el cargo de Jefe de Presupuesto de la Sindicatura General de la Provincia;

Que la Cra. Tania Estefanía Ramadán reúne las condiciones necesarias para la cobertura del citado cargo;

Que la presente designación tiene carácter de Autoridad Superior del Poder Ejecutivo - Fuera de Escalafón;

Por ello, con arreglo a lo dispuesto la Ley Nº 8.171 y lo establecido por el Decreto Nº 16/19,

EL COORDINADOR ADMINISTRATIVO DE LA GOBERNACIÓN

DECIDE:

ARTÍCULO 1º.- Con vigencia al 4 de febrero de 2020, dejar sin efecto la designación dispuesta por la Decisión Administrativa Nº 294/20 de la Lic. Dora Isabel del Carmen Nieva en el cargo de Jefe de Presupuesto de la Sindicatura General de la Provincia.

ARTÍCULO 2º.- Con igual vigencia que la prevista en el artículo anterior, designar a la Cra. TANIA ESTEFANÍA RAMADÁN, D.N.I. Nº 32.165.101, en el cargo de JEFE DE PRESUPUESTO DE LA SINDICATURA GENERAL DE LA PROVINCIA, con remuneración de Director- Función SIGEP P1, con retención de su cargo de planta permanente.

ARTÍCULO 3º.- Dejar establecido que el gasto que demande el cumplimiento del presente deberá imputarse a la partida respectiva y CA correspondiente a la Jurisdicción Sindicatura General de la Provincia.

ARTÍCULO 4º.- El presente acto administrativo será refrendado por el señor Secretario General de la Gobernación.

ARTÍCULO 5º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



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