SALTA, 27 de Diciembre de 2021
DECISIÓN ADMINISTRATIVA Nº 564
MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA, CIENCIA Y TECNOLOGÍA
EXPEDIENTE Nº 0120047-67424/2021-0.
VISTO las necesidades de servicios existentes en la Escuela de Educación Técnica Nº 3122 de Salta Capital, dependiente de la Dirección General de Educación Técnica y Formación Profesional del Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología; y
CONSIDERANDO:
Que la Coordinación de Relaciones de la Comunidad y la Secretaría de Administración y Control de Procesos del Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología han tomado la debida intervención;
Que en autos obran informes de los Departamentos Liquidaciones y Contabilidad del mencionado Ministerio;
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos de la cartera educativa señala que el presente trámite no transgrede lo dispuesto por los Decretos Nº 515/2000, Nº 4955/2008 y por la Ley Nº 8136, ya que no excede el límite del presupuesto aprobado para el ejercicio vigente, atento a la renuncia por jubilación de la Sra. Nelly Mamaní, conforme se acredita a fs. 25;
Por ello, con arreglo a lo dispuesto por la Ley Nº 8171 y lo establecido por el Decreto Nº 13/2019;
EL COORDINADOR ADMINISTRATIVO DE LA GOBERNACIÓN
DECIDE:
ARTÍCULO 1º.- Designar al Sr. Arnaldo Víctor Emilio Trejo, CUIL Nº 20-37004419-9, en la Escuela de Educación Técnica Nº 3122 de Salta Capital, dependiente de la Dirección General de Educación Técnica y Formación Profesional del Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología, para prestar servicios como Ordenanza en carácter temporario, con una remuneración equivalente a: Agrupamiento Servicios Generales -Subgrupo 2, a partir de la fecha de notificación de la presente, en virtud de los fundamentos expresados precedentemente.
ARTÍCULO 2º.- Dejar establecido que el gasto que demande el cumplimiento de la presente, se imputará a la partida pertinente de la Jurisdicción y CA correspondientes al Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología - Ejercicio vigente.
ARTÍCULO 3º.- La presente Decisión Administrativa será refrendada por el Sr. Ministro de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología y la Sra. Secretaria General de la Gobernación.
ARTÍCULO 4º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.
Demitrópulos - Cánepa - López Morillo