SALTA, 30 de Diciembre de 2021
DECISIÓN ADMINISTRATIVA Nº 570
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y SERVICIOS PÚBLICOS
SECRETARÍA DE FINANCIAMIENTO Y PLANIFICACIÓN FINANCIERA
Expte. Nº 272-247287/2021-0 y Cpde. 1.-
VISTO el Contrato suscripto entre la Secretaría de Financiamiento y Planificación Financiera y la Abogada Cinthia Fernanda Góngora, para cumplir tareas de Promotor Legal del Equipo de Campo Bº La Lonja de la Unidad Ejecutora Provincial del Programa Mejoramiento de Barrios IV (PROMEBA IV), Préstamo BID Nº 3458/OC-AR; y,
CONSIDERANDO:
Que el PROMEBA IV se implementa a partir del Contrato de Préstamo BID Nº 3458/OC-AR suscripto entre la República Argentina y el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) al cual la Provincia adhirió mediante Convenio Marco de Adhesión, aprobado por el Decreto Provincial Nº 02/2016;
Que el Programa tiene como finalidad mejorar la calidad de vida y contribuir a la inclusión urbana y social de los hogares de los segmentos más pobres de la población residentes en villas y asentamientos irregulares;
Que el Decreto Provincial Nº 02/2016 constituye la Unidad Ejecutora Provincial (UEP) del Programa en la entonces Secretaría de Financiamiento, hoy Secretaría de Financiamiento y Planificación Financiera, facultándola a identificar, ejecutar y supervisar los proyectos que a través de éste se financien;
Que por Decreto Nº 752/2020 de fecha 11/11/2020, se delegó en el Ministerio de Economía y Servicios Públicos la competencia de gestionar financiamiento proveniente de organismos nacionales, organismos internacionales de crédito o estados extranjeros, se modificó la denominación Secretaria de Planificación Financiera dependiente del Ministerio de Economía y Servicios Públicos, por la Secretaria de Financiamiento y Planificación Financiera y se eliminó del ámbito de la Coordinación de Enlace y Relaciones Políticas de la Gobernación a la Subsecretaría de Financiamiento;
Que la UEP está conformada por profesionales del área social, urbana, control de obras, ambiental y legal, financiando el PROMEBA IV la asistencia técnica a través de la contratación de dichos profesionales;
Que las actuaciones cuentan con la debida autorización del gasto por parte de la Secretaría de Finanzas de acuerdo a la normativa vigente;
Que obran invitaciones a participar del concurso de antecedentes remitidas a terna de profesionales, así como también los correspondientes Currículums Vitae presentados y demás documentación solicitada;
Que mediante Dictamen de Evaluación de fecha 13/10/2021 incorporado a fs. 72/74, la Comisión Evaluadora conformada al efecto por Disposición Nº 19/2021 de la Dirección General de Financiamiento, luego de proceder al análisis de los antecedentes presentados, recomienda la contratación de la Abogada Cinthia Fernanda Góngora, en virtud de su capacitación y experiencia laboral que sobresale respecto a los demás profesionales presentados;
Que a fs. 76/77 obra Nota Nº NO-2021-101634120-APN-SSPVEI#MDTYH de fecha 22/10/2021 de la Subsecretaría de Políticas de Vivienda e Infraestructuras de la Nación quien otorga no objeción al proceso de selección realizado;
Que mediante notas de fecha 24/10/2021 se notificó el resultado de la evaluación a la terna de profesionales invitada quienes no manifestaron oposición alguna;
Que a fs. 82 se encuentra agregada la imputación definitiva del gasto dejando constancia que será afrontado en un cien por ciento (100%) con fondos no reintegrables del Programa por lo que no representa erogación alguna para el erario provincial;
Que a fs. 85 obra informe de incompatibilidad para contratar de la Dirección General de Organización de la Secretaría General de la Gobernación;
Que en consecuencia, la señora Secretaria de Financiamiento y Planificación Financiera suscribió el contrato correspondiente con la Abogada Cinthia Fernanda Góngora por el periodo comprendido entre el 01/11/2021 hasta el 31/12/2021;
Que los servicios Jurídicos, como así también la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Economía y Servicios Públicos, efectuaron la intervención de su competencia resultando procedente el dictado del instrumento administrativo respectivo;
Por ello, con arreglo a lo dispuesto en el art. 13 de la Ley Nº 8.274, lo establecido por el Decreto Nº 13/2019 y por el art. 1 inc. b de la Resolución Nº 16/2021 del Ministerio de Economía y Servicios Públicos;
EL COORDINADOR ADMINISTRATIVO DE LA GOBERNACIÓN
DECIDE:
ARTÍCULO 1º.- Aprobar el Contrato suscripto en fecha 08/11/2021 entre la Sra. Secretaria de Financiamiento y Planificación Financiera del Ministerio de Economía y Servicios Públicos y la Abogada Cinthia Fernanda Góngora, DNI Nº 25.411.313, para cumplir funciones de Promotor Legal del Equipo de Campo Bº La Lonja de la Unidad Ejecutora Provincial del Programa Mejoramiento de Barrios IV - Préstamo BID 3458/OC-AR, que en Anexo forman parte de la presente.
ARTÍCULO 2º.- Dejar establecido que el gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente deberá imputarse en la partida presupuestaria Programa Mejoramiento de Barrios, Curso de Acción 551011000100, Cuenta 413411. Ejercicio 2021.
ARTÍCULO 3º.- La presente decisión será refrendada por el señor Ministro de Economía y Servicios Públicos y la señora Secretaria General de la Gobernación.
ARTÍCULO 4º- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.
Demitrópulos - Dib Ashur - López Morillo