SALTA, 17 de Diciembre de 2024
DECISIÓN ADMINISTRATIVA Nº 594
MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA
Expediente Nº 0100179-31140/2023-0
VISTO la Ley Nº 8.171, modificada por su similar Nº 8.274, del Gobernador, Vicegobernador, Ministros y Secretario General de la Gobernación, Secretarios de Estado, Subsecretarios de Estado, y el Decreto Nº 124/20; y,
CONSIDERANDO:
Que se procede a designar al doctor Héctor Fabián Ruiz en la función de Gerente de Atención de las Personas del Hospital “Melchora F. de Cornejo” de Rosario de la Frontera;
Que la presente designación tiene carácter de Autoridad Superior del Poder Ejecutivo;
Por ello, con arreglo a lo dispuesto por la Ley Nº 8.171 modificada por su similar Nº 8.274 y lo establecido por Decreto Nº 16/19;
EL COORDINADOR ADMINISTRATIVO DE LA GOBERNACIÓN
DECIDE:
ARTÍCULO 1º.- Con vigencia al 09 de febrero de 2.023, designar al doctor HÉCTOR FABIÁN RUIZ, D.N.I. Nº 22.073.234, Matrícula Profesional Nº 6225 en la función de Gerente de Atención de las Personas del Hospital “Melchora F. de Cornejo” de Rosario de a Frontera, Función Nº 1, Decreto Nº 1.034/96.
ARTÍCULO 2º.- Con igual vigencia y hasta la aprobación del nuevo régimen remunerativo para el personal Incluido en el artículo 3º inciso g) de la Ley Nº 7.678 y por aplicación del artículo 31, el doctor HÉCTOR FABIÁN RUIZ, D.N.I. Nº 22.073.234, Matrícula Profesional Nº 6225, percibirá los haberes que le corresponden a un personal del Estatuto de la Carrera Sanitaria para el Personal de Salud Pública de Salta, incluido en el agrupamiento: profesional de salud, subgrupo: 1, con régimen horario de treinta (30) horas semanales y el adicional por función jerárquica, equivalente a Jefe de Departamento.
ARTICULO 3º.- Dejar establecido que el doctor HÉCTOR FABIÁN RUIZ, D.N.I. Nº 22.073.234, retiene el cargo del cual es titular en el Hospital “Melchora F. de Cornejo” de Rosario de la Frontera.
ARTÍCULO 4º.- La erogación resultante deberá imputarse al Curso de Acción: 081006000603, Inciso: Gastos en Personal, Ejercicio vigente.
ARTÍCULO 5º.- El presente acto administrativo será refrendado por el señor Ministro de Salud Pública.
ARTÍCULO 6º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.
Demitrópulos - Mangione