DECISIÓN ADMINISTRATIVA N° 622/22
AUTORIZA AFECTACIÓN. AGENTE KARINA LORENA BRITOS.

Publicado en el Boletín N° 21291, el día 11 de Agosto de 2022



SALTA, 9 de Agosto de 2022

DECISION ADMINISTRATIVA Nº 622

MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA

Expediente Nº 83517/22 - Código 145.

VISTO
la solicitud de afectación de la señora Karina Lorena Britos personal de planta permanente dependiente de la Dirección Centro Regional de Hemoterapia del Ministerio de Salud Pública a la Secretaría de Derechos Humanos dependiente del Ministerio de Gobierno, Derechos Humanos y Trabajo; y,

CONSIDERANDO:

Que la afectación es una medida de excepción y de carácter transitorio por la cual se admite la prestación de servicios en forma no permanente por parte de un agente en otra dependencia, para la realización de tareas específicas, estando su vigencia condicionada a las razones que la originaron;

Que las necesidades de servicios presentadas en la Secretaría de Derechos Humanos pueden ser suplidas por la señora Karina Lorena Britos, quien posee el perfil y experiencia suficiente para el caso;

Que las Autoridades Superiores competentes han otorgado su conformidad para la realización del trámite;

Que en consecuencia resulta procedente autorizar la comisión de servicios de la agente a dicho organismo;

Por ello, con arreglo a lo dispuesto la Ley Nº 8.171, modificada por su similar Nº 8.274, el Decreto Nº 13/19 y artículo 1º inciso d) Resolución Nº 16/21 del Ministerio de Economía y Servicios Públicos;

EL COORDINADOR ADMINISTRATIVO DE LA GOBERNACION

DECIDE:

ARTÍCULO 1º.- Autorizar la afectación de la agente KARINA LORENA BRITOS DNI. Nº 29.460.728, personal de planta permanente dependiente de la Dirección Centro Regional de Hemoterapia dependiente de la Secretaría de Servicios de Salud en el ámbito del Ministerio de Salud Pública, a la Secretaría de Derechos Humanos dependiente del Ministerio de Gobierno, Derechos Humanos y Trabajo, a partir de la fecha de notificación y mientras duren las necesidades de servicio o hasta el 31 de Diciembre del 2.022, lo que ocurra primero.

ARTÍCULO 2º.- El presente acto administrativo será refrendado por el señor Ministro de Salud Pública y el señor Ministro de Gobierno, Derechos Humanos y Trabajo.

ARTÍCULO 3º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



Demitrópulos - Esteban - Villada






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