DECISIÓN ADMINISTRATIVA N° 671/20
DESIGNA A LA SRA. CAROLINA PINEDA ANDRADE EN EL CARGO DE DIRECTORA ARTÍSTICA DE LA ORQUESTA SINFÓNICA INFANTIL Y JUVENIL DE SALTA. INSTITUTO DE MÚSICA Y DANZA.

Publicado en el Boletín N° 20706, el día 18 de Marzo de 2020



SALTA, 16 de Marzo de 2020

DECISIÓN ADMINISTRATIVA Nº 671

MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA, CIENCIA Y TECNOLOGÍA

VISTO
la renuncia del Sr. Juan Ignacio Muñoz al cargo de Director Artístico de la Orquesta Sinfónica, Infantil y Juvenil de Salta; y,

CONSIDERANDO:

Que es necesario designar a una persona con una vasta trayectoria como músico y docente en nuestro medio, hasta tanto se llame a concurso para cubrir dicho cargo;

Que procede designar a la Sra. Carolina Pineda Andrade en el Cargo de Directora Artística de la Orquesta Sinfónica Infantil y Juvenil de Salta, en el ámbito del Instituto de Música y Danza en jurisdicción de la Secretaría de Cultura;

Que, por Decreto Nº 16/19, se delega en el Coordinador Administrativo de la Gobernación la facultad de designar las autoridades superiores del Poder Ejecutivo con las excepciones que allí se indican;

Que, en consecuencia, resulta necesario dictar el correspondiente acto administrativo,

Por ello,

EL COORDINADOR ADMINISTRATIVO DE LA GOBERNACIÓN

DECIDE:

ARTÍCULO 1º.- Designar a la Sra. CAROLINA PINEDA ANDRADE, D.N.I. Nº 26.846.920, en el cargo de DIRECTORA ARTÍSTICA DE LA ORQUESTA SINFÓNICA INFANTIL Y JUVENIL de Salta del Instituto de Música y Danza en jurisdicción de la Secretaría de Cultura, a partir de la toma de posesión y hasta tanto se realice la cobertura del cargo por Concurso.

ARTÍCULO 2º.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente se imputará a la respectiva partida de la Jurisdicción y CA del Instituto de Música y Danza en jurisdicción de la Secretaría de Cultura dependiente del Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología.

ARTÍCULO 3º.- El presente acto administrativo será refrendado por el señor Ministro de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología y por el señor Secretario General de la Gobernación.

ARTÍCULO 4º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



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