DECISIÓN ADMINISTRATIVA N° 676/22
AUTORIZA PRESTACIÓN DE SERVICIOS EN CARÁCTER DE COLABORACIÓN. SRA. LOURDES SOFÍA GARAY NUÑEZ.

Publicado en el Boletín N° 21308, el día 06 de Septiembre de 2022



SALTA, 31 de Agosto de 2022

DECISIÓN ADMINISTRATIVA Nº 676

MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y DESARROLLO SUSTENTABLE

Expediente Nº 386-44.108/22 - 0

VISTO
las actuaciones de referencia a través de las cuales el Ministerio de Infraestructura solicita la prestación de servicios en carácter de colaboración de la Sra. Lourdes Sofía Garay Núñez; y,

CONSIDERANDO:

Que la señora Lourdes Sofía Garay Núñez posee una designación como personal temporario en el Ministerio de Producción y Desarrollo Sustentable, conforme a la Decisión Administrativa Nº 65/22;

Que la prestación de servicios en carácter de colaboración es una medida de excepción y de carácter transitorio por la cual se admite la prestación de servicios en forma no permanente por parte de un agente en otra dependencia, para la realización de tareas específicas, estando su vigencia condicionada a las razones que la originaron;

Que las necesidades de servicios presentadas en el Ministerio de Infraestructura, pueden ser cumplidas por la señora Lourdes Sofía Garay Núñez quien posee el perfil y experiencia suficientes para el caso;

Que, las autoridades competentes han tomado debida intervención:

Por ello, en el marco del art. 13º de la Ley Nº 8171 modificada por su similar Nº 8274, y el art. 1º, inciso D), de la Resolución Nº 16/21 del Ministerio de Economía y Servicios Públicos;

EL COORDINADOR ADMINISTRATIVO DE LA GOBERNACIÓN

DECIDE:

ARTÍCULO 1º.- Autorizar la prestación de servicios en carácter de colaboración de la Sra. LOURDES SOFÍA GARAY NUÑEZ, D.N.I. Nº 33.753.230, personal temporario del Ministerio de Producción y Desarrollo Sustentable, al Ministerio de Infraestructura, a partir de la fecha de notificación de la presente y hasta el 31 de Diciembre de 2022, o mientras duren las necesidades de servicio, lo que ocurra primero.

ARTÍCULO 2º.- El presente acto administrativo será refrendado por el señor Ministro de Infraestructura y por el Señor Ministro de Producción y Desarrollo Sustentable.

ARTÍCULO 3º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y Archivar.



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