SALTA, 23 de Septiembre de 2022
DECISIÓN ADMINISTRATIVA Nº 706
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y SERVICIOS PÚBLICOS
SECRETARÍA DE FINANCIAMIENTO Y PLANIFICACIÓN FINANCIERA
Expte. Nº 272-31062/2022-0 y agregados.
VISTO el Contrato suscripto entre la Secretaría de Financiamiento y Planificación Financiera y el Ing. Gustavo Ariel Velásquez, DNI Nº 31.733.834, para cumplir tareas de Auxiliar Control de Obras como Refuerzo de la Unidad Ejecutora Provincial del Programa Mejoramiento de Barrios IV (PROMEBA IV), Préstamo BID Nº 3458/OC-AR; y,
CONSIDERANDO:
Que el PROMEBA IV se implementa a partir del Contrato de Préstamo BID Nº 3458/OC-AR suscripto entre la República Argentina y el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) al cual la Provincia adhirió mediante Convenio Marco de Adhesión, aprobado por el Decreto Provincial Nº 02/2016;
Que el Programa tiene como finalidad mejorar la calidad de vida y contribuir a la inclusión urbana y social de los hogares de los segmentos más pobres de la población residentes en villas y asentamientos irregulares;
Que el Decreto Provincial Nº 02/2016 constituye la Unidad Ejecutora Provincial (UEP) del Programa en la entonces Secretaría de Financiamiento, hoy Secretaría de Financiamiento y Planificación Financiera, facultándola a identificar, ejecutar y supervisar los proyectos que a través de éste se financien;
Que por Decreto Nº 752/2020 de fecha 11/11/2020, se delegó en el Ministerio de Economía y Servicios Públicos la competencia de gestionar financiamiento proveniente de organismos nacionales, organismos internacionales de crédito o estados extranjeros, se modificó la denominación Secretaria de Planificación Financiera dependiente del Ministerio de Economía y Servicios Públicos, por la Secretaria de Financiamiento y Planificación Financiera y se eliminó del ámbito de la Coordinación de Enlace y Relaciones Políticas de la Gobernación a la Subsecretaria de Financiamiento;
Que la UEP está conformada por profesionales del área social, urbana, control de obras, ambiental legal y refuerzos UEP, financiando el PROMEBA IV la asistencia técnica a través de la contratación de dichos profesionales;
Que el objetivo general del Auxiliar Control de Obras es apoyar a la supervisión de las obras de infraestructura pública, equipamiento comunitario y urbano, complementaria, de mitigación ambiental y especiales, que componen el programa de intervención de las obras de la UEP, coordinando las actividades de acuerdo con las características del proyecto ejecutivo integral, aprobado por la UEP;
Que se solicita la contratación de un auxiliar de control de obras para integrar el refuerzo de la Unidad Ejecutora Provincial del Programa, atento a la necesidad de cubrir la vacante existente en el cargo como consecuencia de que el Ing. Rafael Ernesto Sueldo, quien se ha desempeñado como tal hasta el 31/12/2021, ha manifestado su voluntad de no renovar el contrato;
Que las actuaciones cuentan con la debida autorización del gasto por parte de la Secretaría de Finanzas de acuerdo a la normativa vigente;
Que obran invitaciones a participar del concurso de antecedentes remitidas a la terna de profesionales, así como también los correspondientes Currículums Vitae presentados y demás documentación solicitada;
Que mediante Dictamen de Evaluación de fecha 22/02/2022, la Comisión Evaluadora conformada al efecto por Disposición Nº 05/2022 de la Dirección General de Financiamiento, luego de proceder al análisis de los antecedentes presentados, recomienda la contratación del Ing. Gustavo Ariel Velásquez, en virtud de su capacitación y experiencia laboral que sobresale respecto a los demás profesionales presentados;
Que por Nota NO-2021-18125336-APN-SSPVEI#MDTYH de fecha 24/02/2022 la Subsecretaría de Políticas de Vivienda e Infraestructuras de la Nación otorga no objeción al proceso de selección realizado;
Que se notificó el resultado de la evaluación a la terna de profesionales invitada quienes no manifestaron oposición alguna;
Que se encuentra agregada la imputación definitiva del gasto dejando constancia que será afrontado en un cien por ciento (100%) con fondos no reintegrables del Programa por lo que no representa erogación alguna para el erario provincial;
Que a fs. 92 obra informe de la Dirección General de Organización de la Secretaría General de la Gobernación, donde se expresa que el consultor no registra incompatibilidades;
Que en consecuencia, en fecha 31/03/2022 la señora Secretaria de Financiamiento y Planificación Financiera suscribió el contrato correspondiente con el ingeniero Gustavo Ariel Velásquez por el periodo comprendido entre el 01/04/2022 y el 31/12/2022;
Que ha tomado intervención la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Economía y Servicios Públicos en el control de su competencia;
Que las actuaciones cuentan con los respectivos análisis de legalidad de los organismos que han intervenido, resultando procedente el dictado del instrumento administrativo respectivo;
Por ello, con arreglo a lo dispuesto en el art. 13 de la Ley Nº 8.171, lo establecido por el Decreto Nº 13/2019 y por el art. 1 inc. b de la Resolución Nº 16/2021;
EL COORDINADOR ADMINISTRATIVO DE LA GOBERNACION
DECIDE:
ARTÍCULO 1º.- Aprobar el Contrato suscripto en fecha 31/03/2022 entre la Sra. Secretaria de Financiamiento y Planificación Financiera del Ministerio de Economía y Servicios Públicos y el Ingeniero Gustavo Ariel Velásquez, DNI Nº 31.733.834, para cumplir funciones de Consultor Individual: Auxiliar de Control Obras de la Unidad Ejecutora Provincial del Programa Mejoramiento de Barrios IV - Préstamo BID 3458/OC-AR, que en Anexo forma parte de la presente.
ARTÍCULO 2º.- Dejar establecido que el gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente deberá imputarse en la partida presupuestaria Programa Mejoramiento de Barrios, Curso de Acción 551011000100, Cuenta 413411, Ejercicio 2022.
ARTÍCULO 3º.- La presente decisión será refrendada por el señor Ministro de Economía y Servicios Públicos.
ARTÍCULO 4º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.
Demitrópulos - Dib Ashur