DECISIÓN ADMINISTRATIVA N° 779/20
DESIGNA A LA DRA. LUCIANA YASMIN DANDUCH, EN EL CARGO DE DIRECTORA GENERAL DE ASUNTOS LEGALES. SECRETARÍA DE JUSTICIA Y MÉTODOS DE RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS.

Publicado en el Boletín N° 20752, el día 01 de Junio de 2020



SALTA, 27 de Mayo de 2020

DECISIÓN ADMINISTRATIVA Nº 779

MINISTERIO DE GOBIERNO, DERECHOS HUMANOS, TRABAJO Y JUSTICIA

VISTO
la Ley Nº 8.171, del Gobernador, Vicegobernador, Ministros y Secretario General de la Gobernación, Secretarios de Estado, Subsecretarios de Estado, el Decreto Nº 16/09; y,

CONSIDERANDO:

Que por la mentada ley se establecen las competencias del Gobernador de la Provincia, entre las cuales se encuentra la facultad de designar las autoridades superiores de la Administración Pública en cualquiera de sus ámbitos;

Que, por Decreto Nº 16/19, se delega en el Coordinador Administrativo de la Gobernación la facultad de designar las autoridades superiores del Poder Ejecutivo con las excepciones que allí se indican;

Que mediante Decisión Administrativa Nº 606/20 se procedió a designar a la señora Luciana Yasmin Danduch, en el cargo de Jefa de Programa de la Oficina de Refugiados en la Secretaría de Justicia y Métodos de Resolución de Conflictos, en el ámbito del Ministerio de Gobierno, Derechos Humanos, Trabajo y Justicia;

Que la presente designación tiene carácter de Autoridad Superior del Poder Ejecutivo - Fuera de Escalafón;

Que, en consecuencia, resulta necesario dictar el correspondiente acto administrativo,

Por ello,

EL COORDINADOR ADMINISTRATIVO DE LA G0BERNACIÓN

DECIDE:

ARTÍCULO 1º.- Déjese sin efecto la designación de la Sra. Luciana Yasmin Danduch, DNI Nº 33.235.882, en el cargo de Jefa de Programa de la Oficina de Refugiados en la Secretaría de Justicia y Métodos de Resolución de Conflictos, en el ámbito del Ministerio de Gobierno, Derechos Humanos, Trabajo y Justicia.

ARTÍCULO 2º.- Desígnese a la Dra. LUCIANA YASMIN DANDUCH, DNI Nº 33.235.882, en el cargo de DIRECTORA GENERAL DE ASUNTOS LEGALES de la Secretaría de Justicia y Métodos de Resolución de Conflictos, en el ámbito del Ministerio de Gobierno, Derechos Humanos, Trabajo y Justicia, a partir de la toma de posesión de sus funciones.

ARTÍCULO 3º.- Dejar establecido que el gasto que demande el cumplimiento del presente deberá imputarse a la partida respectiva y CA correspondiente al Ministerio de Gobierno, Derechos Humanos, Trabajo y Justicia.

ARTÍCULO 4º.- El presente acto administrativo será refrendado por el señor Secretario General de la Gobernación y el Sr. Ministro de Gobierno, Derechos Humanos, Trabajo y Justicia.

ARTÍCULO 5º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



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