DECISIÓN ADMINISTRATIVA N° 781/22
DESIGNA AL SR. ROLANDO MARCELO JUAREZ, EN LA FUNCIÓN DE GERENTE DE ATENCIÓN DE LAS PERSONAS DEL HOSPITAL DE LA UNIÓN.

Publicado en el Boletín N° 21334, el día 19 de Octubre de 2022



SALTA, 14 de Octubre de 2022

DECISION ADMINISTRATIVA Nº 781

MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA

Expediente Nº 41480/22, Código 298.

VISTO
la Ley Nº 8.171 modificada por su similar Nº 8.274, del Gobernador, Vicegobernador, Ministros y Secretario General de la Gobernación, Secretarios de Estado, Subsecretarios de Estado, el Decreto Nº 124/20: y,

CONSIDERANDO:

Que se procede a designar al señor Rolando Marcelo Juárez en la función de Gerente de Atención de las Personas dependiente del Hospital de La Unión;

Que la presente designación tiene carácter de Autoridad Superior del Poder Ejecutivo;

Por ello, con arreglo a lo dispuesto la Ley Nº 8.171 modificada por su similar Nº 8.274 y lo establecido por el Decreto Nº 16/19;

EL COORDINADOR ADMINISTRATIVO DE LA GOBERNACIÓN

DECIDE:

ARTÍCULO 1º.- A partir de la fecha de la toma de posesión, designar al señor ROLANDO MARCELO JUAREZ DNI Nº 11.007.989, Matrícula Profesional Nº 9.208 en la función de Gerente de Atención de las Personas del Hospital de La Unión, función 2, Decreto Nº 623/06.

ARTÍCULO 2º.- Con igual vigencia y hasta la aprobación del nuevo régimen remunerativo para el personal incluido en el artículo 3º inciso g) de la Ley Nº 7.678 y por aplicación del artículo 31 ,el señor ROLANDO MARCELO JUAREZ, DNI Nº 11.007.989, percibirá los haberes que le corresponden a un personal del Estatuto de la Carrera Sanitaria para el Personal de Salud Pública de Salta, incluido en el agrupamiento: Enfermería subgrupo: 3, con régimen horario de treinta (30) horas semanales, Zona Desfavorable “E”, y el adicional por función jerárquica equivalente a Jefe de División.

ARTÍCULO 3º.- El gasto que demande el cumplimiento del presente deberá imputarse a la partida respectiva y Curso de Acción: 081007000200 - Gastos en Personal, Ejercicio Vigente.

ARTÍCULO 4º.- El presente acto administrativo será refrendado por el señor Ministro de Salud Pública.

ARTÍCULO 5º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



Demitrópulos - Esteban






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