DECISIÓN ADMINISTRATIVA N° 786/22
AUTORIZA PRESTACIÓN DE SERVICIOS EN CARÁCTER DE COLABORACIÓN. LIC. MARIA FERNANDA PEREZ BELLETINI.

Publicado en el Boletín N° 21337, el día 24 de Octubre de 2022



SALTA, 18 de Octubre de 2022

DECISIÓN ADMINISTRATIVA Nº 786

COORDINACION ADMINISTRATIVA DE LA GOBERNACIÓN

Expte. Nº 321-147626/2022-0

VISTO
la solicitud efectuada desde el programa INCLUIR SALUD SALTA en el ámbito del Ministerio de Salud Pública; y,

CONSIDERANDO:

Que, atento a ello, se gestiona la prestación de servicios en carácter de colaboración a la Lic. MARIA FERNANDA PEREZ BELLETINI, DNI Nº 26.897.334, quien revista como Personal de Apoyo Nivel 05 en el ámbito de la Coordinación Administrativa de la Gobernación, conforme Decisión Administrativa Nº 87/22;

Que, la mencionada prestación de servicios en carácter de colaboración es una medida de excepción y de carácter transitorio por la cual se admite la prestación de servicios en forma no permanente por parte de un agente en otra dependencia, para la realización de tareas específicas, estando su vigencia condicionada a las razones que la originaron;

Que, concurriendo razones de oportunidad, mérito y conveniencia, resulta procedente hacer lugar a lo solicitado, habiendo intervenido previamente las autoridades correspondientes;

Por ello, en el marco de lo establecido en el Art. 13º de la Ley Nº 8171 modificada por su similar Nº 8274, lo dispuesto en el Decreto Nº 13/19 y por el artículo 1º, inciso D, de la Resolución Nº 16 /21 del Ministerio de Economía y Servicios Públicos;



EL COORDINADOR ADMINISTRATIVO DE LA GOBERNACIÓN

DECIDE:

ARTÍCULO 1º.- Autorizar la prestación de servicios en carácter de colaboración de la Licen­ciada MARIA FERNANDA PEREZ BELLETINI, DNI Nº 26.897.334, Personal de Apoyo - Nivel 05 dependiente de la Coordinación Administrativa de la Gobernación, al Programa INCLUIR SALUD SALTA en el ámbito del Ministerio de Salud Pública, a partir del 01 de Julio de 2022 y hasta el 31 de diciembre de 2022, o mientras duren las necesidades de servicio, lo que ocurra primero.

ARTICULO 2º.- El presente Acto Administrativo será refrendado por el Señor Ministro de Salud Pública.

ARTÍCULO 3º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.-



Demitrópulos - Esteban






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