DECISIÓN ADMINISTRATIVA N° 795/20
AUTORIZA COMISIÓN DE SERVICIO DEL SR. VICENTE ERNESTO CEBALLOS.

Publicado en el Boletín N° 20757, el día 08 de Junio de 2020



SALTA, 02 de Junio de 2020

DECISIÓN ADMINISTRATIVA Nº 795

MINISTERIO DE SEGURIDAD

Expediente Nº 321-59335/2020

VISTO
el pedido formulado por el Director del SAMEC Interior dependiente del Ministerio de Salud Pública, mediante el cual solicita la afectación del empleado de planta permanente del Sistema de Emergencias 9-1-1, Dn. Vicente Ernesto Ceballos, para desempeñar funciones que le serán asignadas en esa Dependencia; y,

CONSIDERANDO:

Que el Sr. Vicente Ernesto Ceballos revista en como personal de la planta permanente en el Sistema de Emergencias 9-1-1 dependiente de la Secretaría de Seguridad del Ministerio de Seguridad, designado por Decreto Nº 417/2009, desde el 01/01/2009, con una remuneración equivalente al Agrupamiento Técnico - Subgrupo 1;

Que la afectación en Comisión de Servicios es una medida de excepción y de carácter transitorio por la cuaI se admite la prestación de servicios en forma no permanente de un agente en otra dependencia, para la realización de tareas específicas, estando su vigencia condicionada a las razones que la originaron;

Que, en tal sentido, las autoridades competentes prestan conformidad al presente trámite;

Por ello, con arreglo a lo dispuesto por el artículo 13 de la Ley Nº 8.171, al Decreto Nº 13/2019 y al artículo 1º inciso D) de la Resolución Nº 08/2020 del Ministerio de Economía y Servicios Públicos y conforme a las previsiones del artículo 2º último párrafo del Decreto Nº 810/2001,

EL COORDINADOR ADMINISTRATIVO DE LA GOBERNACIÓN

DECIDE:

ARTÍCULO 1º.- Autorizar la afectación en Comisión de Servicio del Sr. VICENTE ERNESTO CEBALLOS, DNI Nº 25.936.363, personal perteneciente a la planta permanente del Sistema de Emergencias 9-1-1 dependiente de la Secretaría de Seguridad, al SAMEC Interior dependiente del Ministerio de Salud Pública, a partir de la fecha de su notificación y mientras persistan las necesidades de servicio que motivan la presente medida.

ARTÍCULO 2º.- La presente Decisión será refrendada por el señor Ministro de Seguridad y por la señora Ministra de Salud Pública.

ARTÍCULO 3º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



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