DECISIÓN ADMINISTRATIVA N° 798/20
AUTORIZA COMISIÓN DE SERVICIOS DE LA SRA. MARÍA ANA ORTIZ.

Publicado en el Boletín N° 20758, el día 09 de Junio de 2020



SALTA, 02 de Junio de 2020

DECISIÓN ADMINISTRATIVA Nº 798

MINISTERIO DE GOBIERNO, DERECHOS HUMANOS, TRABAJO Y JUSTICIA

Expte. Nº 0010288-329412/19-0

VISTO
lo solicitado por la Sindicatura General de la Provincia de Salta, respecto de la agente María Ana Ortiz; y,

CONSIDERANDO:

Que se gestiona la comisión de servicios de la citada agente para continuar desempeñándose en la Sindicatura General de la Provincia de Salta;

Que ha tomado intervención el Programa de Recursos Humanos y Control de Cargos del Ministerio de Gobierno, Derechos Humanos, Trabajo y Justicia, informando que la señora María Ana Ortiz revista como agente de planta permanente incorporada mediante el Decreto Nº 756/12 en Agrupamiento Administrativo - Subgrupo 2 de la Secretaría de Defensa del Consumidor;

Por ello, en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 144, inciso 2º, de la Constitución Provincial y de acuerdo al Decreto Nº 13/20,

EL COORDINADOR ADMINISTRATIVO DE LA GOBERNACIÓN

DECIDE:

ARTÍCULO 1º.- Autorizar la comisión de servicios de la señora MARÍA ANA ORTIZ, DNI Nº 25.885.648, personal de planta permanente, Agrupamiento Administrativo - Subgrupo 2 de la Secretaría de Defensa del Consumidor del Ministerio de Gobierno, Derechos Humanos, Trabajo y Justicia, a la Sindicatura General de la Provincia de Salta, a partir del 10 de diciembre de 2019, y mientras duren las necesidades de servicios.

ARTÍCULO 2º.- Asignar el adicional Función SIGEP - Agrupamiento Administrativo, Nivel 1, a la señora María Ana Ortiz, DNI Nº 25.885.648, mientras dure la efectiva y real prestación de servicios en la Sindicatura General de a Provincia de Salta, en el marco de lo dispuesto en el artículo 3º del Decreto Nº 308/2011.

ARTÍCULO 3º.- El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto se imputará a la respectiva partida de la Jurisdicción y CA correspondientes a Sindicatura General de la Provincia de Salta.

ARTÍCULO 4º.- El presente instrumento será refrendado por el señor Ministro de Gobierno, Derechos Humanos, Trabajo y Justicia y por el señor Secretario General de la Gobernación.

ARTÍCULO 5º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



Demitrópulos - Villada - Posadas






Responsive image Responsive image