DECISIÓN ADMINISTRATIVA N° 804/22
APRUEBA LAS PRÓRROGAS Y ADENDAS DE CONTRATOS DE SERVICIOS. SRA. CARLA LUJAN APARICIO Y OTROS.

Publicado en el Boletín N° 21342, el día 31 de Octubre de 2022



SALTA, 26 de Octubre de 2022

DECISION ADMINISTRATIVA Nº 804

MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA

Expte. Nº 149856/22 código 321 y Agregados.



VISTO
el Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 250/20, la Ley Nº 8.188, prorrogada por su similar 8.206, el Decreto Nº 1.099/21 y las Decisiones Administrativas Nº 140/21, 331/21, 456/21, 458/21, 530/21 y 76/22; y,

CONSIDERANDO:

Que, en virtud de los mencionados instrumentos, se declaró la emergencia sanitaria en todo el territorio de la Provincia de Salta, en razón de la situación existente por el COVID-19 (coronavirus) y se posibilitó, a modo de excepción, la contratación de personas con el objetivo de garantizar la prestación ininterrumpida de los servicios esenciales de salud en todas las Áreas Operativas de Salud de la Provincia, en procura de lograr la suficiencia de dichos servicios;

Que en este marco, resulta imprescindible la renovación de los contratos de servicios aprobados mediante Decisiones Administrativas Nº 140/21, 331/21, 456/21, 458/21, 530/21 y 76/22, con el fin de dar continuidad a la cobertura de servicios esenciales de salud, para así afrontar las situaciones extremas que eventualmente pueden presentarse, como consecuencia de la pandemia por el COVID-19 en nuestra Provincia;

Que por Expediente Nº 158496/21 Código 321 y Agregados se tramita prorroga Decisión Administrativa Nº 140/21 por el periodo comprendido entre el 01/07/21 y hasta el 30/09/21;

Que mediante Expediente Nº 234921/21 Código 321 y Agregados se tramita prórroga por el periodo comprendido entre 01/10/21 y hasta el 31/12/21 y mediante Expediente 28084/22 Código 321 corre prórroga por el periodo comprendido entre 01/01/22 y hasta el 30/06/22;

Que, las prórrogas de contrataciones de referencia se llevan a cabo teniendo en cuenta las posibles áreas de mayor criticidad, razón por la cual las mismas se encuentran condicionadas a la vigencia de la situación de Emergencia Sanitaria declarada en la Provincia por COVID-19;

Que, los organismos competentes han tomado la debida intervención para la emisión del presente acto administrativo;

Por ello, con arreglo a lo dispuesto por el artículo 13º de la Ley Nº 8.171, modificada por su similar Nº 8.274 y el artículo 2º del Decreto Nº 13/19,

EL COORDINADOR ADMINISTRATIVO DE LA GOBERNACIÓN

DECIDE:

ARTÍCULO 1º.-Aprobarlas prórrogas y adendas de los contratos de servicios suscriptos entre el Ministerio de Salud Pública y las personas que se consignan en el Anexo I que forma parte integrante de la presente, con vigencia desde el 01/07/2022 y hasta el 31/12/2022.

ARTÍCULO 2º.- Dejar sin efecto los contratos de servicios suscriptos entre el Ministerio de Salud Pública y los agentes que se consignan en el Anexo II que forma parte integrante de Ia presente, con la vigencia que en cada caso se indica.

ARTÍCULO 3º.- Con vigencia al 01/07/2022, modificar el destino de prestación de servicios de los agentes que se consignan en el Anexo III que forma parte integrante de la presente.

ARTÍCULO 4º.- Dejar establecido que el gasto que demandó el cumplimiento de lo dispuesto se imputó a la jurisdicción y Curso de Acción del Ministerio de Salud Pública, Ejercicio 2.022.

ARTÍCULO 5º.- El presente acto administrativo será refrendado por el señor Ministro de Salud Pública.

ARTÍCULO 6º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



Demitrópulos - Esteban



VER ANEXO




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