DECISIÓN ADMINISTRATIVA N° 814/22
AUTORIZA COMISIÓN DE SERVICIOS. AGENTE LUIS SEBASTIÁN MASAGUER CAÑADA.

Publicado en el Boletín N° 21343, el día 01 de Noviembre de 2022



SALTA, 27 de Octubre de 2022

DECISIÓN ADMINISTRATIVA Nº 814

MINISTERIO DE GOBIERNO, DERECHOS HUMANOS Y TRABAJO

Expte. Nº 0020324-143302/2022.-

VISTO
el pedido de comisión de servicios formulado por la Subsecretaría de Tecnología de la Información y la Comunicación respecto del agente Luis Sebastián Masaguer Cañada D.N .I. Nº 30.442.402; y,

CONSIDERANDO:

Que la comisión de servicios es una medida excepcional y de carácter transitorio, y queda supeditada al mantenimiento de las razones que la originaron  y/o a la finalización en el ejercicio del cargo de quien la promovió;

Que, concurriendo razones de oportunidad, mérito y conveniencia, resulta procedente autorizar lo solicitado, habiendo intervenido previamente las autoridades competentes prestando conformidad al presente trámite;

Que ha tomado intervención el Programa de Recursos Humanos y Control de Cargos del Ministerio de Gobierno, Derechos Humanos y Trabajo, informando que el agente Luis Sebastián Masaguer Cañada, revista el cargo de Técnico - agrupamiento Técnico, Subgrupo 2 - Planta Permanente en el área de informática de la Secretaría de Trabajo;

Por ello, en ejercicio de las competencias atribuidas por el artículo 1º inciso D), de la Resolución Nº 16/21 del Ministerio de Economía y Servicios Públicos;

EL COORDINADOR ADMINISTRATIVO DE LA GOBERNACIÓN

DECIDE:

ARTÍCULO 1º.-Autorizar la Comisión de Servicios del agente Luis Sebastián Masaguer Cañada D.N.I. Nº 30.442.402, personal de planta permanente dependiente de la Secretaría de Trabajo dependiente del Ministerio de Gobierno Derechos Humanos y Trabajo, a la Subsecretaría de Tecnologías de la Información  y la Comunicación dependiente de la Secretaría de Modernización en el ámbito de la Coordinación Administrativa de la Gobernación, a partir de la fecha de notificación y mientras duren las necesidades de servicios o hasta el 31 de diciembre de 2022, lo que ocurra primero.

ARTÍCULO 2º.-El presente instrumento será refrendado por el señor ministro de Gobierno, Derechos Humanos y Trabajo.



Demitrópulos - Villada










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