DECISIÓN ADMINISTRATIVA N° 843/20
APRUEBA ADENDA DE CONTRATO Nº 1. LIC. MARIA CANDELARIA RAMALLO Y OTROS.

Publicado en el Boletín N° 20769, el día 26 de Junio de 2020



SALTA, 23 de Junio de 2020

DECISIÓN ADMINISTRATIVA Nº 843

COORDINACIÓN DE ENLACE Y RELACIONES POLÍTICAS DE LA GOBERNACIÓN


Expediente Nº 272-19147220190 y agregados

VISTO
las adendas de contrato Nº 1 suscriptas entre la entonces Secretaría de Financiamiento y los consultores de refuerzos institucionales y equipos de campo del Programa de Mejoramiento de Barrios IV (PROMEBA IV), Préstamo BID Nº 3458/OC-AR; y,

CONSIDERANDO:

Que el PROMEBA IV se implementa a partir del Contrato de Préstamo BID Nº 3458/OC-AR, al cual la Provincia adhirió mediante el Convenio Marco de Adhesión aprobado por el Decreto Provincial Nº 02/2016;

Que dicho instrumento jurídico faculta a la Secretaría de Financiamiento, en carácter de Unidad Ejecutora Provincial (UEP) a identificar, ejecutar y supervisar los proyectos del Programa;

Que mediante las Decisiones Administrativas Nros. 906/2018, 925/2018, 1.185/2018, 1.365/2018, 277/2019 y 550/2019, se aprobaron los contratos celebrados con consultores para prestar servicios como refuerzos institucionales y equipo de campo del PROMEBA;

Que a fs. 01 el Coordinador Ejecutivo de la UEP comunicó que la Unidad Coordinadora Ejecutiva Nacional del Programa incrementó el tope de financiamiento para los honorarios de los consultores del programa, indicando los nuevos montos vigentes a partir del 01/07/2019;

Que a fs. 15/37 se agregan los comprobantes de las imputaciones preventivas del gasto;

Que a fs. 160/161 obra la autorización de la Secretaría de Finanzas requerida por la Resolución Nº 39/19 del Ministerio de Economía;

Que se ha emitido dictamen legal favorable y ha intervenido la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Economía en el control de su competencia;

Que el gasto que representa lo establecido en el presente instrumento será afrontado, en un cien por ciento, con fondos no reintegrables del préstamo subsidiado BID Nº 3458/OC-AR, por lo cual no implica erogación alguna para el erario provincial;

Por ello, en virtud de lo dispuesto por el artículo 20º, inciso 2º, de la Ley Nº 8.053 y el artículo 1º del Decreto Nº 14/2016,

EL COORDINADOR ADMINISTRATIVO DE LA GOBERNACIÓN

DECIDE :

ARTÍCULO 1º.- Dar por aprobadas las Adendas de Contratos Nº 1, suscriptas por la entonces Secretaría de Financiamiento, actual Subsecretaría de Financiamiento dependiente de la Coordinación de Enlace y Relaciones Políticas de la Gobernación, y la Lic. MARIA CANDELARIA RAMALLO, DNI Nº 25.069.568, el Arq. GUILLERMO RAFAEL JIMENEZ, DNI Nº 12.409.364, el Ing. RAFAEL ERNESTO SUELDO, DNI Nº 21.633.338, el Lic. RAMIRO SAN MILLAN, DNI Nº 36.802.086, el Dr. JULIO JORGE TEJERINA, DNI Nº 14.244.652, el Sr. LUIS GABRIEL CASTRO, DNI Nº 24.875.056, el Ing. FACUNDO GABRIEL MIRANDA MALLO, DNI Nº 31.548.612, el Dr. OSVALDO SIMON RODRIGUEZ, DNI Nº 27.911.440, el Arq. EDUARDO DANIEL MORALES, DNI Nº 28.237.908, la Arq. NORMA PATRICIA CARRIZO, DNI Nº 22.583.454, el Lic. PAOLO NAHUEL CORREA, DNI Nº 34.184.463, el Ing. JOSE HUMBERTO DAVID CORIA SAMSON, DNI Nº 29.335.067, el Ing. CESAR MANUEL SOTO, DNI Nº 32.165.529, todos consultores del Programa de Mejoramiento de Barrios IV (PROMEBA IV), Préstamo BID Nº 3458/OC-AR, con vigencia desde el 01/07/2019 hasta el 31/12/2019, cuyos originales forman parte del presente instrumento como Anexo.

ARTÍCULO 2º.- Dejar establecido que el gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente deberá imputarse en la siguiente partida presupuestaria: Curso de Acción 551011000100, Cuenta 413000. Ejercicio correspondiente.

ARTÍCULO 3º.- La presente decisión administrativa será refrendada por el señor Coordinador de Enlace y Relaciones Políticas de la Gobernación y el señor Secretario General de la Gobernación.

ARTICULO 4º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



Demitrópulos - Outes - Posadas





VER ANEXO



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