DECISIÓN ADMINISTRATIVA N° 866/20
PRÓRROGA DE DESIGNACIONES TEMPORARIAS. SRES. VALERIA NATALIA FERNANDEZ Y OTROS.

Publicado en el Boletín N° 20773, el día 02 de Julio de 2020



SALTA, 26 de Junio de 2020

DECISIÓN ADMINISTRATIVA Nº 866

SECRETARÍA GENERAL DE LA GOBERNACIÓN

Exptes: 0140341-98702/20, 0140044-7073/20, 0030144-56142/20, 0090136-111553/20, 0110022-618738/20, 1090234-87780/20, 0110366-8750/20, 0120059-118911/20, 0060016-81801/20, 0010288-97049/20, 0110011-102795/2015-12, 0110011-92563/20, 0110011-80152/20, 0110011-123492/2013-18, 0110011-93466/2015-11, 0110011-80854/20, 0110299-80103/20,1130411-91260/20, 0020001-108877/20, 0110272-83847/20, 0020031-132333/20, 0020031-109410/20

VISTO
el Decreto Nº 13/19, y;

>CONSIDERANDO:

Que en virtud del mencionado Decreto, se delegó en la Coordinación Administrativa de la Gobernación la competencia para realizar las designaciones y contrataciones que impliquen servicios personales;

Que, se solicita la renovación de las designaciones en carácter de personal temporario, de diversos agentes que desempeñan funciones en los organismos del Poder Ejecutivo Provincial, para garantizar su normal funcionamiento;

Que las mismas se enmarcan en el rubro personal temporario, contándose, con la partida pertinente para el ejercicio vigente;

Que, mediante Decreto Nº 275/20 se ha ampliado el plazo de vigencia del personal temporario establecido en el artículo 4º del Decreto Nº 4.062/74, no pudiendo exceder el término de un año;

Que, en consecuencia, resulta necesario dictar el acto administrativo correspondiente;

Por ello,

EL COORDINADOR ADMINISTRATIVO DE LA GOBERNACIÓN

DECIDE:

ARTÍCULO 1º.- Prorrogar las designaciones en carácter de personal temporario de los agentes que se detallan en el Anexo que forma parte de la presente, a partir de la fecha que en cada caso se indica, hasta el 31 de diciembre de 2020, en idénticas condiciones que su prórroga anterior.

ARTÍCULO 2º.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente se imputará a la respectiva partida de la Jurisdicción y CA que corresponda.

ARTÍCULO 3º.- La presente decisión administrativa será refrendada por el señor Secretario General de la Gobernación y los señores Ministros de: Gobierno, Derechos Humanos, Trabajo y Justicia, Producción y Desarrollo Sustentable, Infraestructura, Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología, Turismo y Deportes, Economía y Servicios Públicos, Seguridad y Desarrollo Social.

ARTÍCULO 4º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



Demitrópulos - Figueroa - Villada - De los Ríos Plaza - Camacho - Cánepa - Peña - Dib Ashur - Pulleiro - Posadas





VER ANEXO



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