DECISIÓN ADMINISTRATIVA N° 876/22
APRUEBA CONTRATO DE SERVICIOS. SRTA. CANDELARIA DE LOS MILAGROS CANEVARI.

Publicado en el Boletín N° 21356, el día 18 de Noviembre de 2022



SALTA, 14 de Noviembre de 2022

DECISIÓN ADMINISTRATIVA Nº 876

MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

Expediente Nº 194.982/2022 - código 376.

VISTO el Contrato de Servicios suscripto entre la Secretaría de Primera Infancia, Niñez y Familia, en jurisdicción del Ministerio de Desarrollo Social, y la Srta. Candelaria de los Milagros Canevari; y,

CONSIDERANDO:

Que dicho contrato se celebra para que la nombrada desempeñe las tareas descriptas en el Anexo que forma parte del mismo, en distintos Dispositivos y Centros de Protección, dependientes de la referida Secretaría, en reemplazo de la Sra. Rosana Mariela Quipildor, quien presentó la rescisión a su contrato aprobado por Decisión Administrativa Nº 605/22, a partir del 01 de agosto del 2022;

Que los organismos competentes han tomado la debida intervención para la emisión del presente acto administrativo;

Por ello, con arreglo a lo dispuesto por la Ley Nº 8171, modificada por su similar Nº 8274 y lo establecido por el Decreto Nº 13/19, la Ley Nº 8072 y su Decreto Reglamentario Nº 1319/18;

EL COORDINADOR ADMINISTRATIVO DE LA GOBERNACION

DECIDE:

ARTÍCULO 1º.- Dar por rescindido el Contrato de Servicios suscripto entre la Secretaría de Primera Infancia, Niñez y Familia, en jurisdicción del Ministerio de Desarrollo Social, y la Sra. Rosana Mariela Quipildor, D.N.I. Nº 34.639.154, aprobado por Decisión Administrativa Nº 605/2022, con vigencia al 01 de agosto del 2022.

ARTÍCULO 2º.- Aprobar el Contrato de Servicios celebrado entre la Secretaría de Primera Infancia, Niñez y Familia, en jurisdicción del Ministerio de Desarrollo Social, y la Srta. Candelaria de los Milagros Canevari, D.N.I. Nº 39.003.815, cuyo texto forma parte de la presente.

ARTÍCULO 3º.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente se imputará a la partida pertinente de la Jurisdicción y CA del Ministerio de Desarrollo Social, Ejercicio vigente.

ARTÍCULO 4º.- El presente acto administrativo será refrendado por la señora Ministra de Desarrollo Social.

ARTÍCULO 5º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



Demitrópulos - Vargas



VER ANEXO




Responsive image Responsive image