SALTA, 7 de Febrero de 2023
DECISION ADMINISTRATIVA Nº 90
MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
Expediente Nº 204.415/2022 - código 376.
VISTO el Contrato de Servicios celebrado entre la Secretaría de Primera Infancia, Niñez y Familia, en jurisdicción del Ministerio de Desarrollo Social, y la Sra. Luciana Agustina Langa;
y.
CONSIDERANDO:
Que dicho contrato se suscribe para que la nombrada desempeñe tareas en el marco del Convenio celebrado entre la Provincia de Salta y el Ministerio de Desarrollo Social de la Nación aprobado por Decreto Nº 598/2020, bajo la denominación “Proyecto de Acompañamiento Familiar en Contextos Rurales/Comunidades Originarias”: Programa UNIR, el cual tiene por finalidad fortalecer y ampliar las acciones de acompañamiento familiar llevadas a cabo por Programa Unidad Operativa Territorial, que bajo la órbita del Ministerio del rubro se encuentra encargado de la atención de las situaciones de vulnerabilidad social y extrema pobreza de familias en contextos rurales y comunidades originarias de los Departamentos Rivadavia, San Martin y Orán, todo ello en el marco de la emergencia socio sanitaria dispuesta por el Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 140/2020, prorrogada en última instancia por Ley Nº 8283;
Que los organismos competentes han tomado la debida intervención para la emisión del presente instrumento;
Por ello, con arreglo a lo dispuesto por la Ley Nº 81711, modificada por su similar Nº 8274, y lo establecido por el Decreto Nº 13/19, la Ley 8072 y su Decreto Reglamentario Nº 1319/18;
EL COORDINADOR ADMINISTRATIVO DE LA GOBERNACIÓN
DECIDE:
ARTÍCULO 1º.- Aprobar el Contrato de Servicios celebrado entre la Secretaría de Primera Infancia, Niñez y Familia, en jurisdicción del Ministerio de Desarrollo Social, y la Sra. Luciana Agustina Langa, D.N.I. Nº 42.552.620, cuyo texto forma parte del presente instrumento.
ARTÍCULO 2º.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente se imputará a la respectiva partida de la Jurisdicción y CA del Ministerio de Desarrollo Social, del Ejercicio vigente.
ARTÍCULO 3º.- La presente Decisión Administrativa será refrendada por la señora Ministra de Desarrollo Social.
ARTÍCULO 4º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.
Demitrópulos - Vargas