DECISIÓN ADMINISTRATIVA N° 923/22
APRUEBA CONTRATO DE SERVICIO CELEBRADO ENTRE LA SECRETARÍA DE PRIMERA INFANCIA, NIÑEZ Y FAMILIA EN JURISDICCION DEL MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL Y EL SR. NÉSTOR ARIEL HINOJOSA.

Publicado en el Boletín N° 21375, el día 21 de Diciembre de 2022



SALTA, 15 de Diciembre de 2022

DECISION ADMINISTRATIVA Nº 923

MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

Expediente Nº 215.979/2022 - código 376.

VISTO el Contrato de Servicios suscripto entre la Secretaría de Primera Infancia, Niñez y Familia, en jurisdicción del Ministerio de Desarrollo Social, y el Sr. Néstor Ariel Hinojosa; y,

CONSIDERANDO:

Que dicho contrato se celebra para que el nombrado desempeñe tareas en el marco del Convenio de Colaboración para la Implementación del Proyecto Federal de Fortalecimiento y Equipamiento para Acompañar la Primera Infancia, celebrado entre la Secretaría Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia, la Subsecretaría de Primera Infancia (Nacional) y la Secretaría de Primera Infancia, Niñez y Familia de la Provincia de Salta;

Que los organismos competentes han tomado la debida intervención para la emisión del presente acto administrativo;

Por ello, con arreglo a lo dispuesto por la Ley Nº 8171, modificada por su similar Nº 8274 y lo establecido por el Decreto Nº 13/19, la Ley Nº 8072 y su Decreto Reglamentario Nº 1319/18;

EL COORDINADOR ADMINISTRATIVO DE LA GOBERNACION

DECIDE:

ARTÍCULO 1º.- Aprobar el Contrato de Servicios celebrado entre la Secretaría de Primera Infancia, Niñez y Familia, en jurisdicción del Ministerio de Desarrollo Social, y el Sr. Néstor Ariel Hinojosa, D.N.I. Nº 27.700.098, cuyo texto forma parte de la presente.

ARTÍCULO 2º.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente se imputará a la partida pertinente de la Jurisdicción y CA del Ministerio de Desarrollo Social, Ejercicio vigente.

ARTÍCULO 3º.- El presente acto administrativo será refrendado por la señora Ministra de Desarrollo Social.

ARTÍCULO 4º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



Demitrópulos - Vargas



VER ANEXO




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