DECISIÓN ADMINISTRATIVA N° 943/22
APRUEBA CONTRATO SUSCRIPTO ENTRE LA SECRETARÍA DE FINANCIAMIENTO Y PLANIFICACIÓN FINANCIERA DEL MINISTERIO DE ECONOMÍA Y SERVICIOS PÚBLICOS Y EL ING. DAN ALEXIS TARCAYA.

Publicado en el Boletín N° 21379, el día 28 de Diciembre de 2022



SALTA, 22 de Diciembre de 2022

DECISIÓN ADMINISTRATIVA Nº 943

MINISTERIO DE ECONOMÍA Y SERVICIOS PUBLICOS

SECRETARÍA DE FINANCIAMIENTO Y PLANIFICACION FINANCIERA

Expte. Nº 272-44012/2022-0 y agregados.-

VISTO
el Contrato suscripto entre la Secretaría de Financiamiento y Planificación Financiera y el Ingeniero Dan Alexis Tarcaya, DNI Nº 33.183.191, para cumplir tareas de Inspector de Obras del Equipo de Campo del Barrio Nueva Esperanza, San Lorenzo, Depto. Capital, en el marco del Programa Mejoramiento de Barrios IV (PROMEBA IV), Préstamo BID Nº 3458/OC-AR; y,

CONSIDERANDO:

Que el PROMEBA IV se implementa a partir del Contrato de Préstamo BID Nº 3458/OC-AR suscripto entre la República Argentina y el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) al cual la Provincia adhirió mediante Convenio Marco de Adhesión,  probado por el Decreto Provincial Nº 02/2016;

Que el Programa tiene como finalidad mejorar la calidad de vida y contribuir a la inclusión urbana y social de los hogares de los segmentos más pobres de la población residentes en villas y asentamientos irregulares;

Que por medio del Decreto Provincial Nº 02/2016 se constituyó la Unidad Ejecutora Provincial (UEP) del Programa en la entonces Secretaría de Financiamiento, hoy Secretaría de Financiamiento y Planificación Financiera del Ministerio de Economía y Servicios Públicos, facultándola a identificar, ejecutar y supervisar los proyectos que a través de éste se financien;

Que por Decreto Nº 752/2020 de fecha 11/11/2020, se delegó en el Ministerio de Economía y Servicios Públicos la competencia de gestionar financiamiento proveniente de organismos nacionales, organismos internacionales de crédito o estados extranjeros, se modificó la denominación Secretaria de Planificación Financiera dependiente del Ministerio de Economía y Servicios Públicos, por la Secretaria de Financiamiento y Planificación Financiera y se eliminó del ámbito de la Coordinación de Enlace y Relaciones Políticas de la Gobernación a la Subsecretaría de Financiamiento;

Que la UEP del Programa está conformada por profesionales del área social, urbana, control de obras, ambiental legal, refuerzos UEP y del Equipo de Campo, financiando el PROMEBA IV la asistencia técnica a través de la contratación de dichos profesionales;

Que el objetivo general del inspector de obras del Equipo de Campo es realizar la inspección de obras de infraestructura pública, equipamiento comunitario y urbano, complementarias, de mitigación ambiental y especiales, que componen el Programa de Intervención de obras de la UEP, coordinando las actividades de acuerdo con las características del Proyecto Ejecutivo Integral, aprobado por la UEP;

Que se solicita la contratación de un inspector de obras para integrar el Equipo de Campo del Barrio Nueva Esperanza, atento a la necesidad de cubrir la vacante existente en el cargo como consecuencia de que el Ing. Cesar Soto ha comunicado su renuncia a partir de fecha 01 de marzo de 2022;

Que las actuaciones cuentan con la debida autorización del gasto por parte de la Secretaría de Finanzas de acuerdo a la normativa vigente;

Que obran invitaciones a participar del concurso de antecedentes remitidas a la tema de profesionales, así como también los correspondientes Currículums Vitae presentados y demás documentación solicitada;

Que mediante Dictamen de Evaluación de fecha 22/04/2022 la Comisión Evaluadora, conformada al efecto por Disposición Nº 08/2022 de la Dirección General de Financiamiento, luego de proceder al análisis de los antecedentes presentados, recomienda la contratación del Ing. Daniel Fernando López, en virtud de su capacitación y experiencia laboral que sobresale respecto a los demás profesionales presentados (fs. 103/106);

Que por Nota Nº NO-2021-45843115-APN-SSPVEI#MDTYH de fecha 09/05/2022 obrante a fs. 108, la Subsecretaría de Políticas de Vivienda e Infraestructura de la Nación otorgó la No Objeción al proceso de selección realizado en reemplazo de la posición vacante;

Que se encuentran agregadas las notificaciones del resultado del proceso de selección realizadas a la terna participante a fs. 110/112;

Que por nota de fecha 13 de mayo de 2022 el Ing. Daniel López informa que por cuestiones particulares decide desestimar la postulación a la contratación (fs. 133);

Que a fs. 117/170 obran nuevas invitaciones a participar del concurso de antecedentes remitidas a la terna interesada, así como también los correspondientes Currículums Vitae y demás documentación solicitada;

Que mediante Dictamen de Evaluación de fecha 31/08/2022 obrante a fs. 172/175 la Comisión Evaluadora, luego de proceder al análisis de los antecedentes presentados, recomienda la contratación del Ing. Dan Alexis Tarcaya en virtud de su capacitación y experiencia laboral que sobresale respecto a los demás profesionales presentados;

Que por Nota Nº NO-2021-94091644-APN-SSPVEI#MDTYH de fecha 07/09/2022 la Subsecretaría de Políticas de Vivienda e Infraestructuras de la Nación otorgó No Objeción al proceso de selección realizado del cual resulto seleccionado el Ing. Dan Alexis Tarcaya, en reemplazo del Ing. Daniel Fernando Lopez quien luego de resultar seleccionado manifestó su imposibilidad de suscribir el contrato;

Que a fs. 181 el Sr. Director General de Organización de la Secretaría General de la Gobernación informa que no existe información de contrataciones o designaciones del Sr. Dan Alexis Tarcaya, DNI Nº 33.183.191, por lo que no existirían objeciones que formular respecto a la incompatibilidad de empleo público prevista en el art. 62 de la Constitución Provincial;

Que se notificó el resultado de la evaluación a la terna de profesionales invitada quienes no manifestaron oposición alguna;

Que se encuentra agregada la imputación definitiva del gasto dejando constancia que será afrontado en un cien por ciento (100%) con fondos no reintegrables del Programa, por lo que no representa erogación alguna para el erario provincial;

Que en consecuencia, en fecha 19/09/2022 la señora Secretaria de Financiamiento y Planificación Financiera suscribió el contrato correspondiente con el Ingeniero Dan Alexis Tarcaya por el periodo comprendido entre el 12/09/2022 y el 31/12/2022;

Que ha tomado intervención la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Economía y Servicios Públicos en el control de su competencia;

Que las actuaciones cuentan con los respectivos análisis de legalidad de los organismos que han intervenido, resultando procedente el dictado del instrumento administrativo respectivo;

Por ello, con arreglo a lo dispuesto en el art. 13 de la Ley Nº 8.171, modificada por la Ley Nº 8274, lo establecido por el Decreto Nº 13/2019 y por el art. 1 inc. b de la Resolución Nº 16/2021;

EL COORDINADOR ADMINISTRATIVO DE LA GOBERNACION

DECIDE:

ARTÍCULO 1º.- Aprobar el Contrato suscripto en fecha 19/09/2022 entre la Sra. Secretaria de Financiamiento y Planificación Financiera del Ministerio de Economía y Servicios Públicos y el Ingeniero Dan Alexis Tarcaya, DNI Nº 33.183.191, para cumplir funciones de Inspector de Obras del Equipo de Campo del Barrio Nueva Esperanza, en el marco del Programa Mejoramiento de Barrios IV - Préstamo BID Nº 3458/OC-AR, que en Anexo forma parte de la presente.

ARTÍCULO 2º.- Dejar establecido que el gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente deberá imputarse en la partida presupuestaria Programa Mejoramiento de Barrios, Curso de Acción 551011000100, Cuenta 413400.1000, Ejercicio 2022.

ARTÍCULO 3º.- La presente decisión será refrendada por el señor Ministro de Economía y Servicios Públicos.

ARTICULO 4º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



Demitrópulos - Dib Ashur



VER ANEXO




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