SALTA, 27 de Diciembre de 2022
DECISION ADMINISTRATIVA Nº 947
MINISTERIO DE GOBIERNO, DERECHOS HUMANOS Y TRABAJO.-
Expediente Nº 0030399-30841/2022-0.-
VISTO la necesidad de cubrir los cargos del Equipo Técnico Interdisciplinario del Observatorio de Violencia contra las Mujeres; y,
CONSIDERANDO:
Que dichos cargos están previstos en la Ley Nº 7863/2022 art. 4º. El Observatorio de Violencia contra las Mujeres, solicita se habilite el llamado a concurso a los fines de cubrir los cargos del Equipo Técnico Interdisciplinario: Área de Estadísticas, Área de Monitoreo y Área de Capacitaciones sobre diferentes Temáticas vinculadas a Género y Violencia de Género en el Observatorio de Violencia contra las Mujeres;
Que se agregan las bases de llamado concurso público, manifestando los antecedentes de los cargos a postular, procedimiento de selección, instrucciones y resolución del concurso, ficha de postulación y declaración jurada;
Que a través de Resolución Ministerial Nº 264/2022 se aprueba el llamado a Concurso Público;
Que la Dirección General de Asuntos Legales del Ministerio de Gobierno, Derechos Humanos y Trabajo tomo la intervención que le compete dictaminando que no existen objeciones legales que formular, contándose con la partida presupuestaria pertinente a dichos rubros para el ejercicio vigente;
Por ello, y de conformidad a lo establecido en la Ley Nº 8171 y su modificatoria Ley Nº 8274 y Ley Nº 7863;
EL COORDINADOR ADMINISTRATIVO DE LA GOBERNACIÓN
DECIDE:
ARTÍCULO 1º.- Aprobar el procedimiento de Selección de Antecedentes y Oposición para la integración del Equipo Técnico Interdisciplinario - ETI - del Observatorio de Violencia contra las Mujeres de conformidad a la ley Nº 7863.
ATRÍCULO 2º.- Aprobar los contratos de servicios celebrados entre el Observatorio de Violencia contra las Mujeres de la Provincia de Salta y las Sras. Ana Santa Cruz, D.N.I. 30.221.493; Yesica Montagna, D.N.I. 30.960.671 y Natalia Negrin, D.N.I. 31.135.189 en virtud de la selección realizada por la Comisión Evaluadora.
ARTICULO 3º.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente deberá imputarse a la partida respectiva y al Curso de Acción correspondiente al Ministerio de Gobierno, Derechos Humanos y Trabajo - Ejercicio Vigente.
ARTÍCULO 4º.- La presente Decisión será refrendada por el Señor Ministro de Gobierno, Derechos Humanos y Trabajo.
ARTÍCULO 5º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.
Demitrópulos - Villada