DECISIÓN ADMINISTRATIVA N° 965/20
DESIGNA AL SR. ADRIAN ALEJANDRO ALBORNOZ, EN EL CARGO DE DIRECTOR GENERAL DE COOPERATIVAS. SECRETARÍA DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA Y RELACIONES CON LA COMUNIDAD.

Publicado en el Boletín N° 20814, el día 02 de Septiembre de 2020



SALTA, 31 de Agosto de 2020

DECISIÓN ADMINISTRATIVA Nº 965

MINISTERIO DE GOBIERNO, DERECHOS HUMANOS, TRABAJO Y JUSTICIA

VISTO
la Ley Nº 8.171, del Gobernador, Vicegobernador, Ministros y Secretario General de la Gobernación, Secretarios de Estado, Subsecretarios de Estado, el Decreto Nº 16/19; y,

CONSIDERANDO:

Que por la mentada Ley se establecen las competencias del Gobernador de la Provincia, entre las cuales se encuentra la facultad de designar las autoridades superiores de la Administración Pública en cualquiera de sus ámbitos;

Que, por Decreto Nº 16/19, se delega en el Coordinador Administrativo de la Gobernación la facultad de designar las autoridades superiores del Poder Ejecutivo con las excepciones que allí se indican;

Que procede designar al Sr. Adrián Alejandro Albornoz, en el cargo de Director General de Cooperativas en la Secretaría de Participación Ciudadana y Relaciones con la Comunidad, en el ámbito del Ministerio de Gobierno, Derechos Humanos, Trabajo y Justicia;

Que la presente designación tiene carácter de Autoridad Superior del Poder Ejecutivo - Fuera de Escalafón;

Que, en consecuencia, resulta necesario dictar el correspondiente acto administrativo;

Por ello,

EL COORDINADOR ADMINISTRATIVO DE LA GOBERNACIÓN

DECIDE:

ARTÍCULO 1º.- Designar al Sr. ADRIAN ALEJANDRO ALBORNOZ, DNI Nº 27.700.902, en el cargo de DIRECTOR GENERAL DE COOPERATIVAS en la Secretaría de Participación Ciudadana y Relaciones con la Comunidad, dependiente del Ministerio de Gobierno, Derechos Humanos, Trabajo y Justicia, a partir de la toma de posesión de sus funciones.

ARTÍCULO 2º.- Dejar establecido que el gasto que demande el cumplimiento del presente deberá imputarse a la partida respectiva y CA correspondiente al Ministerio de Gobierno, Derechos Humanos, Trabajo y Justicia.

ARTÍCULO 3º.- El presente acto administrativo será refrendado por el señor Secretario General de la Gobernación y el Sr. Ministro de Gobierno, Derechos Humanos, Trabajo  y Justicia.

ARTÍCULO 4º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



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