DECISIÓN ADMINISTRATIVA N° 966/20
PRÓRROGA DE CONTRATOS DE SERVICIOS. SRES. JESICA CINTIA SOLEDAD AUZA Y OTROS.

Publicado en el Boletín N° 20814, el día 02 de Septiembre de 2020



SALTA, 31 de Agosto de 2020

DECISIÓN ADMINISTRATIVA Nº 966

MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA

VISTO
el Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 250/20, la Ley Nº 8.188 y la Decisión Administrativa Nº 874/20; y,

CONSIDERANDO:

Que, en virtud de los mencionados instrumentos se declaró la emergencia sanitaria en todo el territorio de la Provincia de Salta, en razón de la situación existente por el COVID-19 (coronavirus) y se posibilitó, a modo de excepción, la contratación de personas con el objetivo de garantizar la prestación ininterrumpida de los servicios esenciales de salud en todas las Áreas Operativas de Salud de toda la Provincia, en procura de lograr la suficiencia de dichos servicios;

Que en este marco, resulta imprescindible la renovación de los contratos de servicio aprobados mediante Decisión Administrativa Nº 874/20, con el fin de dar continuidad a la cobertura de servicios esenciales de salud, para así afrontar las situaciones extremas que eventualmente pueden presentarse como consecuencia de la pandemia por el COVID-19 en nuestra Provincia;

Que, las prórrogas de contrataciones de referencia se llevan a cabo teniendo en cuenta las posibles áreas de mayor criticidad, razón por la cual las mismas se encuentran fundamentalmente condicionadas a la vigencia de la emergencia sanitaria por el COVID-19;

Que, los organismos competentes han tomado debida intervención;

Por ello, con arreglo a lo dispuesto por el artículo 13 de la Ley Nº 8.171 y el artículo 2º del Decreto Nº 13/19 y el artículo 1º inciso B) de la Resolución Nº 08/20 del Ministerio de Economía y Servicios Públicos,

EL COORDINADOR ADMINISTRATIVO DE LA GOBERNACIÓN

DECIDE:

ARTÍCULO 1º.- Prorrogar los Contratos de Servicios suscriptos entre el Ministerio de Salud pública y las personas que se consignan en el Anexo que forma parte integrante de la presente, por el período que en cada caso se indica.

ARTÍCULO 2º.- Dejar establecido que el gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto deberá imputarse a la jurisdicción y CA del Ministerio de Salud Pública. Ejercicio vigente.

ARTÍCULO 3º.- La presente Decisión será refrendada por la señora Ministra de Salud Pública y por el señor Secretario General de la Gobernación.

ARTÍCULO 4º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



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VER ANEXO



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