DECISIÓN ADMINISTRATIVA N° 995/20
APRUEBA CONTRATO DE SERVICIOS. DRA. NÉLIDA CAROLINA SERRANO.

Publicado en el Boletín N° 20824, el día 17 de Septiembre de 2020



SALTA, 09 de Septiembre de 2020

DECISIÓN ADMINISTRATIVA Nº 995

MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA

VISTO
el los Decretos de Necesidad y Urgencia Nº 140/20 y Nº 250/20, y la Ley Nº 8.188; y,

CONSIDERANDO:

Que, en virtud de los mencionados instrumentos se declaró crítica la situación existente en los servicios de salud de las zonas sanitarias del Centro, Norte, Sur, Este y Oeste de la Provincia de Salta, y se estableció la emergencia sanitaria en razón de la situación existente por el COVID-19 (coronavirus);

Que, con el objetivo de garantizar la prestación ininterrumpida de los servicios esenciales en todas las Áreas Operativas de Salud de toda la Provincia, y en procura de lograr la suficiencia de dichos servicios, resulta necesaria la contratación de la Dra. Serrano Nélida Carolina, en carácter de refuerzo sanitario a tal fin;

Que la contratación de referencia se lleva a cabo teniendo en cuenta las posibles áreas de mayor criticidad, razón por la cual las mismas se encuentran fundamentalmente ceñidas a la vigencia de la emergencia sanitaria por el COVID-19;

Que, los organismos competentes han tomado la debida intervención para la emisión del presente acto administrativo;

Por ello, con arreglo a lo dispuesto por el artículo 13 de la Ley Nº 8.171 y el artículo 2º del Decreto Nº 13/19 y el artículo 1º inciso B) de la Resolución Nº 8/20 del Ministerio de Economía y Servicios Públicos,

EL COORDINADOR ADMINISTRATIVO DE LA GOBERNACIÓN

DECIDE:

ARTÍCULO 1º.- Aprobar el Contrato de Servicios suscripto entre la Provincia de Salta y la Dra. SERRANO NÉLIDA CAROLINA, DNI Nº 27.972.724, por el período comprendido entre el 13 de julio de 2020 y el 31 de diciembre de 2020.

ARTÍCULO 2º.- Dejar establecido que el gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto deberá imputarse a la jurisdicción y CA del Ministerio de Salud Pública. Ejercicio vigente.

ARTÍCULO 3º.- La presente Decisión será refrendada por la señora Ministra de Salud Pública y por el señor Secretario General de la Gobernación.

ARTÍCULO 4º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



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VER ANEXO



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