SALTA, 13 de Noviembre de 2019
DECISION ADMINISTRATIVA Nº 1016
MINISTERIO DE ASUNTOS INDIGENAS Y DESARROLLO SOCIAL
Expediente Nº 132.074/2019-código 224 (corresponde 2)
VISTO el Contrato de Servicios suscripto entre el Ministerio de Asuntos Indígenas y Desarrollo Social, en su carácter de Organismo Ejecutor del Programa de Relevamiento Técnico Jurídico Catastral de la Situación Dominial de Tierras Ocupadas por Comunidades Indígenas de Salta, y el señor Gustavo Alejandro Villa; y,
CONSIDERANDO:
Que la contratación del nombrado ha sido efectuada para que preste servicios en el marco del Programa Nacional Relevamiento Territorial de Comunidades Indígenas-Ley Nacional Nº 26.160, prorrogada en última instancia por su similar Nº 27.400, cuyo Convenio Específico de Co-Ejecución del Relevamiento Territorial, ha sido aprobado por Decreto Nº 83/2019;
Que el plazo del contrato se estipuló desde el 1º de julio y hasta el 31 de agosto del 2019;
Que el contrato fue celebrado en el marco del Artículo 18 de la Ley Nº 8072 y Artículo 28 de su Decreto Reglamentario Nº 1319/2018;
Que la contratación de autos no contraviene lo dispuesto por el Decreto Nº 233/2019, en materia de contención del gasto público, habida cuenta que será atendida con fondos nacionales;
Que el Servicio Administrativo Financiero, la Unidad de Sindicatura Interna y la Dirección General de Coordinación Jurídica, Técnica y Administrativa del Ministerio del rubro, y la Secretaría de Finanzas del Ministerio de Economía han tomado la intervención que les compete, correspondiendo el dictado del acto administrativo pertinente;
Por ello, con arreglo a lo dispuesto por el Artículo 20, Inciso 2º, de la Ley Nº 8.053 y lo establecido en el Decreto Nº 14/2016;
EL MINISTRO JEFE DE GABINETE
DECIDE:
ARTICULO 1º.- Aprobar el Contrato de Servicios celebrado entre el Ministerio de Asuntos Indígenas y Desarrollo Social, en su carácter de Organismo Ejecutor del Programa de Relevamiento Técnico Jurídico Catastral de la Situación Dominial de Tierras Ocupadas por Comunidades Indígenas de Salta, y el señor Gustavo Alejandro Villa, D.N.I. Nº 35.044.358, cuyo texto forma parte de la presente.
ARTICULO 2º.- El gasto que demanda lo dispuesto precedentemente, ha sido imputado a la Cuenta 561002000300-413411.1007, del Ejercicio vigente.
ARTICULO 3º.- La presente decisión administrativa será refrendada por la señora Ministra de Asuntos Indígenas y Desarrollo Social.
ARTICULO 4º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.
Saravia - Cruz
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