DECISIÓN ADMINISTRATIVA N° 1017/19
COMISIÓN DE SERVICIOS. SRA. VANESA PAOLA RAMÍREZ.

Publicado en el Boletín N° 20630, el día 21 de Noviembre de 2019



SALTA, 13 de Noviembre de 2019

DECISIÓN ADMINISTRATIVA Nº 1017

MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, TRABAJO Y DESARROLLO SUSTENTABLE

Expediente N° 64-89639/2.019-0.

VISTO la necesidad de servicio producida en la Dirección de Cooperativas y Mutualidades, dependiente de la Dirección General de Empleo, de la Secretaría de Trabajo y Empleo, perteneciente al Ministerio de Producción, Trabajo y Desarrollo Sustentable; y,

CONSIDERANDO:

Que ante ello, se solicita la afectación a la Dirección de Cooperativas y Mutualidades de la señora Vanesa Paola Ramírez, D.N.I. N° 29.337.062, personal de planta permanente del Ministerio de Salud Pública;

Que la mencionada afectación se encuadra en el artículo 81 del Decreto N° 4118/97 el cual dispone que
“Se considera que el agente cumple una misión oficial o comisión de servicios cuando la misma emane del titular del organismo, en cuyo caso podrá justificarse hasta diez días con goce íntegro de haberes, prorrogables, debiendo garantizarse la prestación del servicio. En casos excepcionales debidamente fundados en la naturaleza de la función asignada al agente, se podrá ampliar el máximo admitido, previa emisión del acto administrativo pertinente”;

Que la afectación de la señora Ramírez no vulnera lo dispuesto por el Decreto N° 233/19;

Por ello, con arreglo a lo dispuesto por el artículo 20º, inciso 3º de la Ley Nº 8.053 y lo establecido por el artículo 1º del Decreto Nº 140/2015;

EL MINISTRO JEFE DE GABINETE

DECIDE:

ARTÍCULO 1º.- Autorizar la comisión de servicios en carácter de colaboración en la Dirección de Cooperativas y Mutualidades, dependiente de la Dirección General de Empleo, de la Secretaría de Trabajo y Empleo, perteneciente al Ministerio de Producción, Trabajo y Desarrollo Sustentable, de la señora Vanesa Paola Ramírez, D.N.I. N° 29.337.062, personal de planta permanente del Ministerio de Salud Pública, a partir de la notificación de la presente, mientras subsistan las necesidades de servicio, o hasta el día 10 de diciembre del año 2019, lo que ocurra primero.

ARTÍCULO 2º.- La presente decisión será refrendada por la señora Ministro de Producción, Trabajo y Desarrollo Sustentable y por el señor Ministro de Salud Pública.

ARTÍCULO 3º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



Saravia - Pinal - Mascarello






Responsive image Responsive image