DECISIÓN ADMINISTRATIVA N° 1021/19
PRÓRROGA CONTRATOS DE SERVICIOS. SRTA. RITA JULIA GABRIELA MAZA Y OTROS.

Publicado en el Boletín N° 20630, el día 21 de Noviembre de 2019



SALTA, 13 de Noviembre de 2019

DECISIÓN ADMINISTRATIVA Nº 1021

MINISTERIO DE LA PRIMERA INFANCIA

Expediente N°1070376-148064/2019-0

VISTO las presentes actuaciones, por la cuales se gestiona la prórroga de Contratos de Servicios celebrados entre el Ministerio de la Primera Infancia y diversas personas; y,

CONSIDERANDO:

Que subsisten las razones que originaron dicha contratación, aprobada oportunamente mediante la Decisión Administrativa N° 134/2.019, prorrogada luego por su similar N° 486/2.019;

Que, tratándose de prórrogas en idénticas condiciones, el presente trámite no implica globalmente un incremento presupuestario de conformidad a lo establecido por el artículo 1°, inciso b), del Decreto N° 233/2.019;

Que han intervenido la Oficina Provincial de Presupuesto y la Secretaría de Finanzas del Ministerio de Economía, como así también el Servicio Administrativo Financiero y la Asesoría Legal del Ministerio de la Primera Infancia, y la Unidad de Sindicatura Interna del citado ministerio;

Por ello, con encuadre en el artículo 20, inciso 2), de la Ley N° 8.053, y lo establecido en el artículo 1° del Decreto Nº 14/2.016;

EL MINISTRO JEFE DE GABINETE

DECIDE:

ARTÍCULO 1º.- Prorrogar los Contratos de Servicios, a partir del 1° de julio y hasta el 31 de diciembre de 2.019, suscriptos entre el Ministerio de la Primera Infancia y las personas que se detallan a continuación:

Rita Julia Gabriela Maza - D.N.I. N° 25.685.061

Analía del Pilar Medina - D.N.I. N° 25.801.631

Esfrain Fernando Moreno - D.N.I. N° 34.606.495

Adriana Noemí Segovia - D.N.I. N ° 32.165.157

ARTÍCULO 2º.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente se imputará a la partida correspondiente de la Jurisdicción y Curso de Acción del Ministerio de la Primera Infancia - Ejercicio correspondiente.

ARTÍCULO 3º.- La presente decisión administrativa será refrendada por el señor Ministro de la Primera Infancia.

ARTÍCULO 4º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



Saravia - Abeleira



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