SALTA, 2 de Diciembre de 2019
DECISIÓN ADMINISTRATIVA Nº 1076
MINISTERIO DE ECONOMÍA
>Expedientes Nº 272-229237/2018-3 y Cpde 4.-
VISTO las actuaciones del Expediente Nº 272-229237/2018-3, Cpde. 4 y la Decisión Administrativa Nº 80 de fecha 28/01/2019; y,
CONSIDERANDO:
> Que a fs. 01 se solicita la renovación del Contrato de Obra celebrado con la CPN. María del Milagro Lo Giúdice, ello en el marco del Préstamo BID 2835/OC-AR “Programa de Desarrollo Turístico Sustentable de la Provincia de Salta”, el cual se encuentra a cargo de la Secretaría de Financiamiento como su Unidad Ejecutora;
Que el objetivo de la contratación es que la misma continúe desempeñándose como consultor individual Especialista en Seguimiento y Evaluación para la Unidad Ejecutora del Programa;
Que a fs. 25/26 la Secretaría de Financiamiento informó contar con partida presupuestaria suficiente para afrontar los costos de la renovación en cuestión y que la totalidad de los fondos provienen del Programa;
Que a fs. 42 la Secretaría de Finanzas tomó la intervención de su competencia, conforme la normativa vigente, otorgando autorización para el gasto;
Que a fs. 19/20 y 44/45 la Asesoría Legal de la Unidad Ejecutora del Programa emitió dictamen jurídico favorable al respecto, siendo éste compartido a fs. 46 por la Coordinación General de Asuntos Legales y Técnicos de la Secretaria de Financiamiento;
Que a fs.28 y 47/48 la Unidad de Sindicatura Interna compartió en su totalidad dicho dictamen;
Que tomó intervención la Coordinación General de Asuntos Legales y Técnicos del Ministerio de Economía;
Por ello, en virtud de lo dispuesto en el artículo 20, inciso 2°, de la Ley N° 8053 y el artículo 1° del Decreto N° 14/2016;
EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
ARTÍCULO 1º.- Aprobar la Adenda N° 2 al Contrato de Obra aprobado por Decisión Administrativa N° 80/2019, firmada entre la Secretaría de Financiamiento, en representación del Gobierno de la Provincia de Salta, y la CPN María del Milagro Lo Giúdice, D.N.I. N° 34.348.828, que en Anexo forma parte de la presente.
ARTÍCULO 2º.- Dejar establecido que el gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente deberá imputarse en la siguiente partida presupuestaria: Curso de Acción 551012000100, Cuenta 413400, Ejercicio correspondiente.
ARTÍCULO 3º.- La presente decisión será refrendada por el señor Ministro de Economía.
ARTÍCULO 4º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.
Saravia - Montero Sadir
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