DECISIÓN ADMINISTRATIVA N° 1076/19
APRUEBA ADENDA N° 2 CONTRATO DE OBRA. CPN MARÍA DEL MILAGRO LO GIÚDICE.

Publicado en el Boletín N° 20641, el día 06 de Diciembre de 2019



SALTA, 2 de Diciembre de 2019

DECISIÓN ADMINISTRATIVA Nº 1076

MINISTERIO DE ECONOMÍA

>Expedientes Nº 272-229237/2018-3 y Cpde 4.-

VISTO las actuaciones del Expediente Nº 272-229237/2018-3, Cpde. 4 y la Decisión Administrativa Nº 80 de fecha 28/01/2019; y,

CONSIDERANDO:

> Que a fs. 01 se solicita la renovación del Contrato de Obra celebrado con la CPN. María del Milagro Lo Giúdice, ello en el marco del Préstamo BID 2835/OC-AR “Programa de Desarrollo Turístico Sustentable de la Provincia de Salta”, el cual se encuentra a cargo de la Secretaría de Financiamiento como su Unidad Ejecutora;

Que el objetivo de la contratación es que la misma continúe desempeñándose como consultor individual Especialista en Seguimiento y Evaluación para la Unidad Ejecutora del Programa;

Que a fs. 25/26 la Secretaría de Financiamiento informó contar con partida presupuestaria suficiente para afrontar los costos de la renovación en cuestión y que la totalidad de los fondos provienen del Programa;

Que a fs. 42 la Secretaría de Finanzas tomó la intervención de su competencia, conforme la normativa vigente, otorgando autorización para el gasto;

Que a fs. 19/20 y 44/45 la Asesoría Legal de la Unidad Ejecutora del Programa emitió dictamen jurídico favorable al respecto, siendo éste compartido a fs. 46 por la Coordinación General de Asuntos Legales y Técnicos de la Secretaria de Financiamiento;

Que a fs.28 y 47/48 la Unidad de Sindicatura Interna compartió en su totalidad dicho dictamen;

Que tomó intervención la Coordinación General de Asuntos Legales y Técnicos del Ministerio de Economía;

Por ello, en virtud de lo dispuesto en el artículo 20, inciso 2°, de la Ley N° 8053 y el artículo 1° del Decreto N° 14/2016;

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

DECIDE:

ARTÍCULO 1º.- Aprobar la Adenda N° 2 al Contrato de Obra aprobado por Decisión Administrativa N° 80/2019, firmada entre la Secretaría de Financiamiento, en representación del Gobierno de la Provincia de Salta, y la CPN María del Milagro Lo Giúdice, D.N.I. N° 34.348.828, que en Anexo forma parte de la presente.

ARTÍCULO 2º.- Dejar establecido que el gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente deberá imputarse en la siguiente partida presupuestaria: Curso de Acción 551012000100, Cuenta 413400, Ejercicio correspondiente.

ARTÍCULO 3º.- La presente decisión será refrendada por el señor Ministro de Economía.

ARTÍCULO 4º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



Saravia - Montero Sadir



VER ANEXO



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