SALTA, 2 de Diciembre de 2019
DECISIÓN ADMINISTRATIVA Nº 1070
MINISTERIO DE GOBIERNO, DERECHOS HUMANOS Y JUSTICIA
Expediente Nº 0080235-207696/2019-0 y Agregados.-
>VISTO las necesidades de servicio presentadas en el Ministerio de Gobierno, Derechos Humanos y Justicia; y,
CONSIDERANDO:
>Que se solicita la continuidad de las designaciones en carácter de personal temporario, de diversos agentes que desempeñan funciones en distintos organismos dependientes del citado Ministerio;
Que dichos nombramientos se rigen por las disposiciones permanentes complementarias del Presupuesto General de la Administración Pública provincial y se enmarcan en el régimen de designaciones temporarias cuyos períodos en ningún caso podrán exceder el término de 5 (cinco) meses, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 3° y 4° del Decreto N° 4062/1974;
Que tratándose de prórrogas de designaciones cuyos vencimientos se producen con posterioridad a la finalización del mandato gubernativo, corresponde renovarlas hasta la fecha en la cual opera el cierre del actual Ejercicio Presupuestario;
Que el presente trámite no implica globalmente un incremento presupuestario, en los términos del artículo 1°, inciso d), del Decreto N° 233/2019;
Que han tomado la intervención de su competencia Recursos Humanos, el Servicio Administrativo Financiero, y la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Gobierno, Derechos Humanos y Justicia;
Por ello, con arreglo a lo dispuesto por el artículo 20 inc. 3 de la Ley Nº 8.053, y a lo establecido en el Art. 1º del Decreto Nº 140/2015;
EL MINISTRO JEFE DE GABINETE
DECIDE:
ARTÍCULO 1º.- Prorrogar las designaciones, en carácter de personal temporario, del personal que se nomina en el Anexo que forma parte de la presente, a partir de sus respectivos vencimientos, y hasta el 31 de diciembre de 2019, y en idénticas condiciones que sus prórrogas anteriores.
ARTÍCULO 2º.- Dejar establecido que el gasto que demande el cumplimiento de la presente deberá imputarse a las pertinentes partidas y Curso de Acción correspondientes al Ministerio de Gobierno, Derechos Humanos y Justicia;
ARTÍCULO 3º.- La presente decisión será refrendada por el señor Ministro de Gobierno, Derechos Humanos y Justicia.
ARTÍCULO 4º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.
Saravia - López Arias
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