DECISIÓN ADMINISTRATIVA N° 1073/19
APRUEBA CONTRATO DE SERVICIOS. ING. SOLEDAD VALERIA TAPIA.

Publicado en el Boletín N° 20641, el día 06 de Diciembre de 2019



SALTA, 2 de Diciembre de 2019

DECISIÓN ADMINISTRATIVA Nº 1073

MINISTERIO DE PRODUCCION, TRABAJO Y DESARROLLO SUSTENTABLE

Expediente N° 302-77708/19-0 y agregado.

VISTO
las presentes actuaciones mediante las cuales se solicita la aprobación del Contrato de Servicios suscripto entre la Secretaría de Energía dependiente del Ministerio de Producción, Trabajo y Desarrollo Sustentable y la Ing. Soledad Valeria Tapia, D.N.I. Nº 35.048.311; y,

CONSIDERANDO:

Que se propicia la contratación de la Ing. Soledad Valeria Tapia, para realizar tareas como asistente profesional en el Subprograma Fiscalización Ambiental, dependiente de la Secretaría de Energía;

Que el señor Secretario de Energía, informa que el gasto que demande la presente contratación será afrontado con fondos provenientes de la oferta económica que realizó la empresa YPF S.A. en la licitación del área denominada “Desecho Chico”;

Que el Servicio Administrativo Financiero, la Dirección General de Asuntos Jurídicos y la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Producción, Trabajo y Desarrollo Sustentable han tomado la intervención que les compete;

Por ello, con arreglo a lo dispuesto por el artículo 20, inciso 2º de la Ley Nº 8.053, y lo establecido por el artículo 1º del Decreto 14/16;

EL MINISTRO JEFE DE GABINETE

DECIDE:

ARTÍCULO 1º.- Aprobar el Contrato de Servicios celebrado entre la Secretaria de Energía dependiente del Ministerio de Producción, Trabajo y Desarrollo Sustentable y la Ing. Soledad Valeria Tapia, D.N.I. Nº 35.048.311, a partir del 01 de Junio y hasta el 31 de Diciembre de 2019, el que como Anexo forma parte del presente instrumento.

ARTÍCULO 2º.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente se imputará a la Partida Presupuestaria 061005000200.413411.1007 - Secretaría de Energía - Servicios No Personales - Servicios Técnicos y Profesionales - Otros NEP.

ARTÍCULO 3º.- La presente decisión será refrendada por la Ministra de Producción, Trabajo y Desarrollo Sustentable.

ARTÍCULO 4º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



Saravia - Pinal









VER ANEXO



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