DECISIÓN ADMINISTRATIVA N° 1088/19
PRÓRROGA DE DESIGNACIONES TEMPORARIAS. SRES. PIQUÉ, MARÍA LORENA Y CONTRERAS GARECA, HORACIO.

Publicado en el Boletín N° 20645, el día 12 de Diciembre de 2019



SALTA, 6 de Diciembre de 2019

DECISIÓN ADMINISTRATIVA Nº 1088

MINISTERIO DE GOBIERNO, DERECHOS HUMANOS Y JUSTICIA

Expediente Nº 0030041-220163/2019-0 y Agregados.-

VISTO las necesidades de servicio presentadas en el Ministerio de Gobierno, Derechos Humanos y Justicia; y,

CONSIDERANDO:

Que, en ese sentido, se gestionan las prórrogas de designaciones temporarias de diversos agentes del citado organismo;

Que dichos nombramientos se rigen por las disposiciones permanentes complementarias del Presupuesto General de la Administración Pública provincial y se enmarcan en el régimen de designaciones temporarias cuyos períodos en ningún caso podrán exceder el término de 5 (cinco) meses, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 3° y 4° del Decreto N° 4062/1974;

Que tratándose de prórrogas de designaciones cuyos vencimientos se producen con posterioridad a la finalización del mandato gubernativo, corresponde renovarlas hasta la fecha en la cual opera el cierre del actual Ejercicio Presupuestario;

Que el presente trámite no implica globalmente un incremento presupuestario, en los términos del artículo 1°, inciso d), del Decreto N° 233/2019;

Que han tomado la intervención de su competencia Recursos Humanos, el Servicio Administrativo Financiero, y la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Gobierno, Derechos Humanos y Justicia;

Por ello, con arreglo a lo dispuesto por el artículo 20 inc. 3 de la Ley Nº 8.053, y a lo establecido en el Art. 1º del Decreto Nº 140/15;

EL MINISTRO JEFE DE GABINETE

DECIDE:

ARTÍCULO 1º.- Prorrogar las designaciones, en carácter de personal temporario, del personal que se nomina en el Anexo que forma parte de la presente, a partir de sus respectivos vencimientos, y hasta el 31 de diciembre de 2019, en idénticas condiciones a las establecidas en sus prórrogas anteriores.

ARTÍCULO 2º.- Dejar establecido que el gasto que demande el cumplimiento de la presente deberá imputarse a las pertinentes partidas y CA correspondientes al Ministerio de Gobierno, Derechos Humanos y Justicia;

ARTÍCULO 3º.- La presente decisión será refrendada por el señor Ministro de Gobierno, Derechos Humanos y Justicia.

ARTÍCULO 4º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



Saravia - López Arias



VER ANEXO




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