DECISIÓN ADMINISTRATIVA N° 1094/19
PRÓRROGA DE CONTRATOS DE SERVICIOS. SRES. GÓMEZ, CELESTE JULIANA Y OTROS.

Publicado en el Boletín N° 20645, el día 12 de Diciembre de 2019



SALTA, 6 de Diciembre de 2019

DECISIÓN ADMINISTRATIVA Nº 1094

MINISTERIO DE GOBIERNO, DERECHOS HUMANOS Y JUSTICIA

Expediente
Nº 0080235-156974/2019-0

VISTO
los contratos de Servicios celebrados entre la Secretaría de Justicia y Métodos Participativos de Resolución de Conflictos, dependiente del Ministerio de Gobierno, Derechos Humanos y Justicia y las personas que se desempeñan como Mediadoras Comunitarias en los Centros Comunitarios de Mediación de la Provincia de Salta; y,

CONSIDERANDO:

Que subsisten las razones y necesidades de servicio que motivaron las prórrogas contractuales mencionadas;

Que han tomado intervención el Servicio Administrativo Financiero y la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Gobierno, Derechos Humanos y Justicia y la Oficina Provincial de Presupuesto y la Secretaría de Finanzas del Ministerio de Economía;

Que las prórrogas contractuales de autos no contravienen lo dispuesto por el Decreto Nº 233/2019 en materia de contención del gasto público, habida cuenta que serán atendidas con fondos presupuestados a la Secretaría de Justicia y Métodos Participativos de Resolución de Conflictos;

Por ello, con arreglo a lo dispuesto por el artículo 20, inc. 2) de la Ley Nº 8.053 y lo establecido en el artículo 1º del Decreto Nº 14/2016;

EL MINISTRO JEFE DE GABINETE

DECIDE:

ARTÍCULO 1º.- Aprobar la prórroga de los Contratos de Servicios celebrados entre la Secretaría de Justicia y Métodos Participativos de Resolución de Conflictos, dependiente del Ministerio de Gobierno, Derechos Humanos y Justicia y las personas que se desempeñan como Mediadoras Comunitarias en los Centros Comunitarios de Mediación que se detallan en el Anexo que forma parte integrante en el presente instrumento.

ARTÍCULO 2.- El gasto que demande lo dispuesto precedentemente se imputará a la partida presupuestaria y Curso de Acción que correspondan del Ministerio de Gobierno, Derechos Humanos y Justicia. Ejercicio vigente.

ARTÍCULO 3º.- El presente decreto será refrendado por el señor Ministro de Gobierno, Derechos Humanos y Justicia.

ARTÍCULO 4º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



Saravia - López Arias



VER ANEXO




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