DECISIÓN ADMINISTRATIVA N° 1096/19
APRUEBA CONTRATO DE SERVICIOS. DR. JOSÉ IGNACIO CAMPOS BERTOLDI Y SRA. MICAELA OLEA.

Publicado en el Boletín N° 20645, el día 12 de Diciembre de 2019



SALTA, 6 de Diciembre de 2019

DECISION ADMINISTRATIVA Nº 1096

MINISTERIO DE ASUNTOS INDIGENAS Y DESARROLLO SOCIAL

Expediente Nº 126.641/2019-código 120 (original y correspondes 1, 2, 3 y 4).

VISTO el Contrato de Servicios suscripto entre el Instituto Provincial de los Pueblos Indígenas de Salta, representado por miembros de la Comisión Interventora y Normalizadora, Lic. Adriana Cantarero y Dr. José Ignacio Campos Bertoldi, y la señora Micaela Olea; y,

CONSIDERANDO:

Que la contratación de la señora Olea se efectúa para que preste servicios relacionados al área cocina y afines en la Residencia Comunitaria del mencionado Instituto;

Que el plazo del contrato se estipuló desde el 1º de junio y hasta el 31 de diciembre del 2019;

Que el contrato fue celebrado en el marco del Artículo 18 de la Ley Nº 8072 y Artículo 28 de su Decreto Reglamentario Nº 1319/2018 y no se contraviene lo dispuesto por el Decreto Nº 233/2019, en materia de contención del gasto público;

Que el Servicio Administrativo Financiero, Unidad de Sindicatura Interna y Dirección General de Coordinación Jurídica, Técnica y Administrativa, del Ministerio del rubro, y la Secretaría de Finanzas del Ministerio de Economía, han tomado la intervención que les compete;

Por ello, con arreglo a lo dispuesto por el Artículo 20, Inciso 2º, de la Ley Nº 8053 y lo establecido en el Decreto Nº 14/2016;

EL MINISTRO JEFE DE GABINETE

DECIDE:

ARTICULO 1º.- Aprobar el Contrato de Servicios celebrado entre el Instituto Provincial de los Pueblos Indígenas de Salta, representado por miembros de la Comisión Interventora y Normalizadora, Lic. Adriana Cantarero y Dr. José Ignacio Campos Bertoldi, y la señora Micaela Olea, D.N.I. Nº 42.916.204, cuyo texto forma parte de la presente.

ARTICULO 2º.- El gasto que demanda lo dispuesto precedentemente, corresponde a la Cuenta 181001000100.413000, del Ejercicio 2019.

ARTICULO 3º.- El presente acto administrativo será refrendado por la señora Ministra de Asuntos Indígenas y Desarrollo Social.

ARTICULO 4º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



Saravia - Cruz







VER ANEXO




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