DECISIÓN ADMINISTRATIVA N° 1109/19
APRUEBA ADENDA Nº 2 DE CONTRATO DE OBRA. DR. JOSÉ FRANCISCO ARIAS LINARES.

Publicado en el Boletín N° 20645, el día 12 de Diciembre de 2019



SALTA, 6 de Diciembre de 2019

DECISIÓN ADMINISTRATIVA Nº 1109

MINISTERIO DE ECONOMÍA

Exptes. Nº 272-272021/2018-3 y Cpde 4.-

VISTO las actuaciones del Expte. Nº 272-272021/2018-3, Cpde. 4 y la Decisión Administrativa Nº 249 de fecha 18/03/2019; y,

CONSIDERANDO:

Que se solicita la renovación del Contrato de Obra celebrado con el Dr. José Francisco Arias Linares, ello en el marco del Préstamo BID 2835/OC-AR “Programa de Desarrollo Turístico Sustentable de la Provincia de Salta”, el cual se encuentra a cargo de la Secretaría de Financiamiento como su Unidad Ejecutora;

Que el objetivo de la contratación es que el mismo continúe desempeñándose como Asesor Legal de la Unidad Ejecutora del Programa;

Que la Secretaría de Financiamiento informó contar con partida presupuestaria suficiente para afrontar los costos de la renovación en cuestión y que la totalidad de los fondos provienen del Programa;

Que la Secretaría de Finanzas tomó la intervención de su competencia, conforme la normativa vigente, otorgando autorización para el gasto;

Que la Asesoría Legal de la Unidad Ejecutora del Programa emitió dictamen jurídico favorable al respecto, siendo éste compartido por la Coordinación General de Asuntos Legales y Técnicos de la Secretaria de Financiamiento;

Que la Unidad de Sindicatura Interna compartió en su totalidad dicho dictamen;

Que tomó intervención la Coordinación General de Asuntos Legales y Técnicos del Ministerio de Economía;

Por ello, en virtud de lo dispuesto en el artículo 20, inciso 2°, de la Ley N° 8053 y el artículo 1° del Decreto N° 14/2016;

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

DECIDE:

ARTÍCULO 1º.- Aprobar la Adenda N° 2 al Contrato de Obra aprobado por Decisión Administrativa N° 249/2019, firmada entre la Secretaría de Financiamiento, en representación del Gobierno de la Provincia de Salta, y el Dr. José Francisco Arias Linares, D.N.I. N° 33.046.963, que en Anexo forma parte de la presente.

ARTÍCULO 2º.- Dejar establecido que el gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente deberá imputarse en la siguiente partida presupuestaria: Curso de Acción 551012000100, Cuenta 413400, Ejercicio correspondiente.

ARTÍCULO 3º.- La presente decisión será refrendada por el señor Ministro de Economía.

ARTÍCULO 4º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



Saravia - Montero Sadir



VER ANEXO



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