DECISIÓN ADMINISTRATIVA N° 116/21
ACEPTA LA RENUNCIA. SRA. ADRIANA SARAVIA NAVAMUEL, AL CARGO DE DIRECTORA DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE EDUCACIÓN DE JÓVENES Y ADULTOS. DESIGNA EN EL CARGO DE SUPERVISORA A LA MISMA.

Publicado en el Boletín N° 20939, el día 05 de Marzo de 2021



SALTA, 02 de Marzo de 2021

DECISIÓN ADMINISTRATIVA Nº 116

MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA, CIENCIA Y TECNOLOGÍA

VISTO
la renuncia de la Sra. Adriana Saravia Navamuel; y,

CONSIDERANDO:

Que la nombrada presenta su renuncia, por razones particulares, a su designación en el cargo de Directora General de Educación de Jóvenes y Adultos, dependiente del Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología;

Que dada la necesidad de cubrir el cargo de Supervisor de la Dirección General de Educación de Jóvenes y Adultos, se procede a designar a Sra. Adriana Saravia Navamuel;

Por ello, con arreglo de lo dispuesto por Ley Nº 8.171 y lo establecido por el Decreto Nº 13/19 y el artículo 2º del Decreto Nº 16/19,

EL COORDINADOR ADMINISTRATIVO DE LA GOBERNACIÓN

DECIDE:

ARTÍCULO 1º.- Aceptar la renuncia por razones particulares presentada por la Sra. ADRIANA SARAVIA NAVAMUEL, DNI Nº 16.883.973, al cargo de Directora de la Dirección General de Educación de Jóvenes y Adultos (Fuera de Escalafón), dependiente del Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología.

ARTÍCULO 2º.- Designar a la Sra. ADRIANA SARAVIA NAVAMUEL, DNI Nº 16.883.973, en el cargo de SUPERVISORA DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE EDUCACIÓN DE JÓVENES Y ADULTOS, dependiente del Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología a partir de la fecha de su toma de posesión.

ARTÍCULO 3º.- Dejar establecido que el gasto que demande el cumplimiento de la presente deberá imputarse a la partida respectiva y al curso de acción correspondiente al Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología.

ARTÍCULO 4º.- El presente acto administrativo será refrendado por el señor Ministro de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología y por el señor Secretario General de la Gobernación.

ARTÍCULO 5º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



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