DECISIÓN ADMINISTRATIVA N° 125/20
DESIGNA A LA CRA. ALEJANDRA ELIZABETH RUÍZ, EN EL CARGO DE ADMINISTRADORA GENERAL DEL SERVICIO ADMINISTRATIVO FINANCIERO.

Publicado en el Boletín N° 20673, el día 28 de Enero de 2020



SALTA, 24 de Enero 2020

DECISIÓN ADMINISTRATIVA Nº 125

MINISTERIO DE SEGURIDAD

VISTO
la Ley Nº 8171, del Gobernador, Vicegobernador, Ministros y Secretario General de la Gobernación, Secretario de Estado, Subsecretarios de Estado, el Decreto Nº 16/19; y,

CONSIDERANDO:

Que por la mentada ley se establecen las competencias del Gobernador de la Provincia, entre las cuales se encuentra la facultad de designar las autoridades superiores de la Administración Pública en cualquiera de sus ámbitos;

Que por el Decreto Nº 16/19, se delega en el Coordinador Administrativo de la Gobernación la facultad de designar las autoridades superiores del Poder Ejecutivo con las excepciones que allí se indican;

Que procede designar a la Cra. Alejandra Elizabeth Ruiz, el cargo de Administradora General del Servicio Administrativo Financiero del Ministerio de Seguridad;

Que la presente designación tiene carácter de Autoridad Superior del Poder Ejecutivo -Fuera de Escalafón;

Que, en consecuencia, resulta necesario dictar el correspondiente acto administrativo;

Por ello,

EL COORDINADOR ADMINISTRATIVO DE LA GOBERNACIÓN

DECIDE:

ARTÍCULO 1°.- Designar a la CRA. ALEJANDRA ELIZABETH RUÍZ, D.N.I. Nº 22.785.049, en el cargo de ADMINISTRADORA GENERAL del Servicio Administrativo Financiero del Ministerio de Seguridad (Fuera de Escalafón), con una remuneración equivalente a Subsecretario, a partir de la fecha de toma de posesión de sus funciones.

ARTÍCULO 2°.- Dejar establecido que el gasto que demande el cumplimiento del presente deberá imputarse a la partida respectiva y al Curso de Acción correspondiente a la Jurisdicción Ministerio de Seguridad- Ejercicio vigente.

ARTÍCULO 3°.- El presente acto administrativo será refrendado por el señor Ministro de Seguridad y por el señor Secretario General de la Gobernación.

ARTÍCULO 4°.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



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