DECISIÓN ADMINISTRATIVA N° 126/21
DEJA SIN EFECTO ASIGNACIÓN INTERINA DE FUNCIONES Y ADICIONAL POR FUNCIÓN JERÁRQUICA. SRA. MERCEDES ANABEL PADILLA DÁVALOS.

Publicado en el Boletín N° 20941, el día 09 de Marzo de 2021



SALTA, 04 de Marzo de 2021

DECISIÓN ADMINISTRATIVA Nº 126

MINISTERIO DE ECONOMÍA Y SERVICIOS PÚBLICOS

Expediente Nº 22-623483/2020

VISTO
las presentes actuaciones mediante las cuales se gestiona dejar sin efecto la asignación interina de funciones y el correspondiente adicional por función jerárquica como Técnico Operador E del Subprograma Gestión de Contribuyentes Generales de la Dirección General de Rentas de la Secretaría de Ingresos Públicos en jurisdicción del Ministerio de Economía y Servicios Públicos; y,

CONSIDERANDO:

Que por razones particulares la agente Mercedes Anabel Padilla Dávalos, DNI Nº 31.193.906, solicitó se deje sin efecto la asignación interina de funciones en el cargo Nº de Orden 295, Técnico Operador E, Agrupamiento Técnico, subgrupo 2, Función Jerárquica VII del Subprograma Gestión de Contribuyentes Generales, que ejercía conforme lo dispuesto por Decreto Nº 2.986/2015;

Que la Subsecretaría de Personal tomó la intervención previa que le compete;

Por ello, en el marco de lo dispuesto por el artículo 13 de la Ley Nº 8.171, y el artículo 2º del Decreto Nº 13/2019,

EL COORDINADOR ADMINISTRATIVO DE LA GOBERNACIÓN

DECIDE:

ARTÍCULO 1º.- Dejar sin efecto la asignación interina de funciones y el correspondiente adicional por función jerárquica como Técnico Operador E, agrupamiento Técnico, Subgrupo 02, Función Jerárquica VII, Nº de Orden 295, del Subprograma Gestión de Contribuyentes Generales de la Dirección General de Rentas dependiente de la Secretaría de Ingresos Públicos en jurisdicción del Ministerio de Economía y Servicios Públicos, según Decreto Nº 2.986/2015, otorgada a la Sra. MERCEDES ANABEL PADILLA DÁVALOS, DNI Nº 31.193.906, a partir de la notificación del presente, debiéndose reintegrar a su cargo de planta permanente en la mencionada Dirección General.

ARTÍCULO 2º.- La presente Decisión será refrendada por el señor Ministro de Economía y Servicios Públicos y por el señor Secretario General de la Gobernación.

ARTÍCULO 3º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



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