DECISIÓN ADMINISTRATIVA N° 1296/18
APRUEBA CONTRATO DE SERVICIOS. SEÑOR SERGIO MATÍAS FARFÁN QUISPE.

Publicado en el Boletín N° 20404, el día 12 de Diciembre de 2018



SALTA, 4 de Diciembre de 2018

DECISIÓN ADMINISTRATIVA N° 1296

>MINISTERIO DE LA PRIMERA INFANCIA

Expediente N° 1070376-183098/2018-0

VISTO la renuncia formulada por la señora Adriana Fátima Barahona, D.N.I N° 28.261.965, y aceptada por Resolución N° 887 D/2018; y,

CONSIDERANDO:

Que,a fin de cubrir estrictas necesidades de servicio en la Secretaría de Niñez y Familia, dependiente del Ministerio de la Primera Infancia, resulta necesario la incorporación del señor Sergio Matías Farfán Quispe bajo la modalidad de Contrato de Servicios;

Que tal contratación no implica un incremento presupuestario, en el marco de lo establecido por el Decreto N° 1603/2017;

Que el propuesto reúne las condiciones y el perfil exigido para las tareas encomendadas, aceptando cumplir las obligaciones emergentes del contrato, guardando estricta reserva sobre toda la información a la que tuviera conocimiento;

Que el plazo del contrato se estipuló desde el 01 de junio de 2018 hasta el 31 de diciembre de 2018;

Que el Subprograma Presupuesto y la Asesoría Legal del Ministerio de la Primera Infancia, así como la Dirección General de Organización y la Secretaría Legal y Técnica, dependientes de la Secretaría General de la Gobernación, han tomado la intervención de su competencia;

Que la mencionada contratación se encuadra en lo establecido en el artículo 20 de la Ley N° 6.838 y su decreto reglamentario N° 1448/1996;

Por ello, con encuadre en el Artículo 20, inciso 2) de la Ley N° 8.053, y lo establecido en el Artículo 1° del Decreto Nº 14/2016,

EL MINISTRO JEFE DE GABINETE

DECIDE:

ARTÍCULO .- Aprobar el Contrato de Servicios celebrado entre el Ministerio de la Primera Infancia y el señor Sergio Matías Farfán Quispe - D.N.I. N° 29.893.620; con vigencia a partir del 01 de junio de 2018 y hasta el 31 de diciembre de 2018, el que como Anexo forma parte integrante de la presente.

ARTÍCULO .- El gasto que demande el cumplimiento de la presente se imputará a la partida correspondiente de la Jurisdicción y CA del Ministerio de la Primera Infancia, Ejercicio correspondiente.

ARTÍCULO .- El presente acto administrativo será refrendado por el señor Ministro de la Primera Infancia.

ARTÍCULO .- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



Yarade - Abeleira



VER ANEXO




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