DECISIÓN ADMINISTRATIVA N° 1309/18
APRUEBA CONTRATO DE SERVICIOS. SR. JULIO RUBÉN AGUILAR.

Publicado en el Boletín N° 20404, el día 12 de Diciembre de 2018



SALTA, 5 de Diciembre de 2018

DECISION ADMINISTRATIVA N° 1309

>SECRETARÍA GENERAL DE LA GOBERNACIÓN

VISTO
el Decreto Nº 1780 de fecha 12 de diciembre de 2017; y,

CONSIDERANDO:

Que el artículo 1º del citado decreto deja sin efecto, a partir de la fecha de sus respectivos vencimientos, la totalidad de las designaciones correspondientes al agrupamiento político efectuadas en el ámbito de la Administración Centralizada, Descentralizada y Autárquica, incluidas las Sociedades del Estado, Entes Reguladores, y demás formas societarias en las que el Estado provincial tenga participación;

Que, no obstante ello, el artículo 2º de la citada norma autoriza a los titulares de cada jurisdicción a proponer una nueva modalidad de vinculación de aquellas personas cuya continuidad resulte necesaria por estrictas razones de servicio;

Que, en tal sentido, en el ámbito de la Secretaría General de la Gobernación se propone la contratación del señor Julio Rubén Aguilar;

Que tal contratación no implica globalmente un incremento del presupuesto vigente, en el marco de lo establecido por el Decreto N° 1603/2017;

Por ello, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 20, inciso 2º, de la Ley Nº 8.053, y en el artículo 1º del Decreto Nº 14/2016;

EL MINISTRO JEFE DE GABINETE

DECIDE:

ARTÍCULO .- Aprobar el contrato de servicios firmado entre el Gobierno de la Provincia de Salta y el señor Julio Rubén Aguilar, D.N.I. N° 28.748.216, a partir del 26 de octubre de 2018 y por el término de 12 (doce) meses, que como Anexo forma parte de la presente.

ARTÍCULO .- Establecer que el gasto que demande el cumplimiento de la presente se imputará al Curso de Acción de la Secretaría General de la Gobernación, dentro de la jurisdicción Gobernación - Ejercicio vigente.

ARTÍCULO .- La presente decisión será refrendada por el señor Secretario General de la Gobernación.

ARTÍCULO .- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



Yarade - Simón Padrós



VER ANEXO




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