SALTA, 5 de Diciembre de 2018
DECISIÓN ADMINISTRATIVA N° 1303
>MINISTERIO DE LA PRIMERA INFANCIA
Expediente N° 1070376-14822/2018-0
VISTO el expediente de referencia, mediante el cual se gestiona la aprobación del Contrato de Servicios, suscripto entre el Ministerio de la Primera Infancia y el señor Pablo Tort; y,
CONSIDERANDO:
Que el contrato de referencia se celebra de acuerdo a las disposiciones suscriptas en el Convenio Específico para la Implementación del Plan Nacional de Primera Infancia, celebrado entre la Secretaría Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia y el Ministerio de la Primera Infancia;
Que por el citado Convenio se crea un marco de cooperación recíproca para la apertura y el fortalecimiento de Espacios de Primera Infancia, Centros de Desarrollo Infantil “20 de Junio” aprobado por Decreto N° 366/2017; Espacio de Primera Infancia “San Francisco Solano”, aprobado por Decreto N° 396/2017; Espacio de Primera Infancia “San José”, aprobado por Decreto N° 392/2017; Espacio de Primera Infancia “Armada Argentina”, aprobado por Decreto N° 394/2017;
Que las partes firmantes han detallado las obligaciones derivadas de la firma de los Convenios, contemplándose en las Clausulas Tercera, Cuarta y Quinta, la provisión de fondos por parte de la Secretaría Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia del Ministerio de Desarrollo Social de la Nación, destinados a cubrir las erogaciones correspondientes a los contratos suscriptos;
Que la contratación se realiza a fin de cubrir estrictas necesidades de servicio en la Secretaría de Niñez y Familia, dependiente del Ministerio de la Primera Infancia, reuniendo el propuesto las condiciones y el perfil exigido para las tareas encomendadas;
Que el contratado acepta cumplir las obligaciones emergentes del contrato, guardando estricta reserva sobre toda la información a la que tuviera conocimiento;
Que el plazo del contrato se estipuló desde el 01° de abril de 2.018 hasta el 30° de junio de 2.018;
Que tal contratación no implica un incremento presupuestario, en el marco de lo establecido por el Decreto N° 1603/2017;
Que el Subprograma Presupuesto y la Asesoría Legal del Ministerio de la Primera Infancia, así como la Dirección General de Organización y la Secretaría Legal y Técnica, dependientes de la Secretaría General de la Gobernación, han tomado la intervención de su competencia;
Que la mencionada contratación se encuadra en lo establecido en el artículo 20 de la Ley N° 6.838 y su Decreto Reglamentario N° 1448/1996;
Por ello, con arreglo a lo dispuesto por el artículo 20, inciso 2° de la Ley N° 8.053, y el Decreto N° 14/2016;
EL MINISTRO JEFE DE GABINETE
DECIDE:
ARTÍCULO 1º.-Aprobar el Contrato de Servicios y Adenda, en los términos y con la vigencia establecida en el instrumento que como Anexo forma parte integrante de la presente, celebrado entre el Ministerio de la Primera Infancia y el señor Pablo Tort , D.N.I. N° 36.801.964.
ARTÍCULO 2º.- El gasto que demande el cumplimiento del presente se imputará a la respectiva partida de la Jurisdicción y CA correspondiente al Ministerio de la Primera Infancia, Ejercicio vigente.
ARTÍCULO 3º.- El presente acto administrativo será refrendado por el señor Ministro de la Primera Infancia.
ARTÍCULO 4º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.
Yarade - Abeleira
.